Si bien fue motivo de discusión de otras épocas, finalmente anoche, en el Concejo Municipal se resolvió aprobar la ordenanza que indica prohibir ``la promoción publicitaria, exhibición, venta, expendio o suministro a cualquier titulo, de bebidas con contenido de sustancias farmacológicamente activas, - también denominadas energizantes o energéticas -, en todos los establecimientos comerciales comprendidos o regulados por la Ordenanza Nº 9.139''.
La norma dicta que todos aquellos comercios -excepto los regulados por la Ordenanza 9.139 y modificatorias (boliches) que publiciten, exhiban, vendan, expendan o suministren cualquier título bebidas energizantes o energéticas ``no podrán promover la mezcla de estos productos con bebidas alcohólicas''. También obliga a los establecimientos comerciales a exhibir, en un lugar visible del local un cartel que rece: ``El consumo de bebidas energizantes mezclado con bebidas alcohólicas es nocivo para la salud''.
Los propietarios, gerentes, encargados o responsables de los locales serán los responsables de hacer cumplir la ordenanza, de lo contrario, se establecieron, para aquellos comercios que promocionen, exhiban, vendan, expendan o suministren la bebida, una multa que va de los 300 a los 500 pesos, mientras que para la falta de exhibición del cartel informativo acerca de los efectos nocivos de la mezcla de bebidas energizantes con bebidas alcohólicas la sanción va de los 100 a los 300 pesos.
Concejo Municipal
Prohíben vender energizantes en locales nocturnos

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