A partir del 1º de octubre, las multas que se apliquen a los propietarios por infracciones o penalidades al Reglamento de Edificaciones -tipificado en la Ordenanza 7279/76- serán juzgadas por el Tribunal de Faltas Municipal, y no ya por la Secretaría de Planeamiento Urbano.
Entre las infracciones que podrán ser juzgadas por el Tribunal de Faltas, figuran las de no contar con el permiso de obra, impedir el acceso al verificador, no concurrir a una citación, no acatar una orden o intimación, acopiar materiales, maquinarias u otros elementos en la vía pública y preparación de mezclas en la vía pública.
También se considera infracción la falta de cerco de obra o el uso de un cerco en condiciones antirreglamentarias, mantener desniveles en aceras, falta de conservación de las veredas, falta de conservación de la solidez o higiene de la propiedad, no acatar órdenes de paralización, ausencia del cartel de obra, poseer salientes antirreglamentarias en la fachada o no observar alturas mínimas, y por utilizar toldos o cerramientos en aceras antirreglamentarios.
Paralelamente, hay que remarcar que las sanciones previstas en el Reglamento de Edificaciones para los profesionales de la construcción, continúan con el procedimiento habitual.
Ordenar la edificación
La decisión de que el Tribunal de Faltas sea el encargado de juzgar las infracciones de los propietarios procura brindar a los vecinos una mayor eficacia en la gestión municipal en cuanto al cumplimiento de las normas vigentes en materia de edificación. Y garantiza, además, el tratamiento imparcial en relación con el juzgamiento de las infracciones.
Complementariamente, la Secretaría de Planeamiento prevé poner en marcha, dentro de la Dirección de Edificaciones Privadas, acciones tendientes a la separación de las funciones de verificación con las de inspección.
Mientras tanto, el Tribunal de Faltas y la Dirección de Edificaciones dictaron un taller de capacitación a verificadores e inspectores de obra, para interiorizarlos sobre la aplicación de un nuevo aviso de notificación y acta de infracción. En ese sentido, comenzará a utilizarse un nuevo formulario, debido a que el que se empleaba hasta ahora databa del año 1976.






