Titulares de Tapa: TAPA-06 Comenzó a regir desde hoy la nueva ley laboral
Reemplaza a la polémica norma sancionada durante el gobierno aliancista. Beneficios para empresas que contraten personal.


Con la publicación en la portada de hoy del Boletín Oficial de la ley 25.877, comenzó a regir el nuevo marco jurídico regulatorio de las relaciones entre trabajadores y empresarios luego de más de tres años de vigencia de la polémica norma sancionada durante el gobierno de la Alianza mediante el pago de sobornos.

La norma, que fue sancionada el 2 de marzo último por la Cámara de Diputados tras su aprobación en el Senado, limita a tres meses el período de prueba y restituye la ultraactividad para mantener un convenio cuando aún no se ha firmado un nuevo acuerdo.

Los puntos salientes de la norma vigente desde hoy son los siguientes:

- El período de prueba se establece en 90 días sin posibilidad de prórroga, y no hay diferencias entre empresas grandes o pymes. El empleador debe comunicar con quince días la extinción del contrato laboral.

- El empleador debe registrar que comienza su relación laboral por el período de prueba y las partes están obligadas al pago de aportes y contribuciones a la Seguridad Social.

- Se instituye el preaviso de 15 días para comunicar que no quedará efectivo el trabajador tomado a prueba.

- Se mantiene el mes de preaviso para informar de la extensión del contrato laboral a los empleados con cinco años de estabilidad, y dos meses cuando superen esos años de trabajo.

- Se restituye el artículo 245 de la ley 20.744 que establece que la indemnización se calcula tomando como base un sueldo por año o fracción mayor de tres meses. El monto no podrá exceder tres veces el promedio de los sueldos de convenio. Este tope se aplica a los trabajadores fuera de convenio.

- El proyecto amplía hasta 80 el tope de empleados para seguir considerando a una firma pyme y mantiene la rebaja del 33 por ciento en cargas sociales para aquellas empresas que contraten nuevo personal hasta el 31 de diciembre de 2004. Si emplean a beneficiarios del Plan Jefe y Jefa de Hogar ese beneficio es del 50 por ciento.

- La nueva norma restituye el concepto de aplicación del convenio más beneficioso para los trabajadores y mantiene la vigencia de la ultraactividad, es decir que no caducará el acuerdo hasta la firma de un nuevo convenio.