Recientemente el gobierno de Jorge Obeid anunció su intención de reformar la Constitución de la Provincia de Santa Fe, una de las más sabias y prestigiosas del país. Con motivo de ese anuncio, algunas minorías han efectuado un planteo público, reclamando la derogación del artículo 3º de la Carta Magna santafesina, argumentando que el mismo es discriminatorio en materia religiosa.
El mencionado artículo 3º de la CPSF dice textualmente: "La religión de la provincia es la Católica, Apostólica y Romana, a la que le prestará su protección más decidida, sin perjuicio de la libertad religiosa que gozan sus habitantes".
El texto constitucional es claro, y nadie con recta intención puede leer en él una sola palabra que contenga el menor asomo de discriminación religiosa, ya que específicamente destaca que "la protección más decidida" a la religión que profesamos quienes constituimos la abrumadora mayoría de los santafesinos, es "sin perjuicio de la libertad religiosa que gozan sus habitantes".
El artículo 3ª no impone por la fuerza, ministerio legis, una religión. Por el contrario, se limita a decir y reflejar una realidad que es anterior a la norma: que los santafesinos somos católicos, apostólicos y romanos, desde hace siglos.
Ésta es una realidad irrefutable (ergo, una verdad) desde que en 1573 criollos y españoles llegados de Asunción (de María Santísima) fundaron Santa Fe, la ciudad que al trasladarse a su actual emplazamiento (1650-60) agregó "de la Vera Cruz", el nombre de su religión, ya que la denominación significa "Fe Santa de la Cruz Verdadera". La fe de la Iglesia Católica, que sostiene la verdadera cruz de Cristo.
Nuestros fundadores no buscaron el nombre de un monarca (como en las Filipinas, tomado de Felipe), ni de una región de España (como Córdoba de la Nueva Andalucía), sino que quisieron identificarse con la fe de su Iglesia.
Esta inmensa mayoría católica no cambió con el paso del tiempo, ya que las masas inmigratorias españolas, italianas, suizas y francesas que llegaron a la provincia, profesaban la misma fe que los criollos que fundamos, conquistamos y dimos la libertad a esta tierra.
Nadie puede invocar en la Argentina mayor prosapia constitucional que Santa Fe. La nuestra fue la primera constitución provincial dictada en el país. Fue un criollo, un caudillo federal, un militar católico, de la Orden Franciscana, a quien los sectores europeizantes de Buenos Aires tildaban de "gaucho bruto e iletrado", el padre de esa primera Carta Magna.
Fue el brigadier Estanislao López, quien gobernó Santa Fe veinte años con mano de hierro e hizo sancionar el 26 de agosto de 1819 esa Constitución que llevó el modesto nombre de Estatuto Provisorio, treinta y cuatro años antes que el país tuviera Constitución Nacional, recién en 1853.
En su Sección Primera, Artículo 1º, dice aquella primera Carta Magna de López: "La Provincia sostiene exclusivamente la Religión Católica, Apostólica, Romana. Su conservación será de la primera inspección de los Magistrados, y todo habitante del territorio debe abstenerse de la menor ofensa a su culto".
Y el artículo 2º, reza: "El que contraviniere el artículo 1º, será reputado enemigo del país, por la violación de sus primeros fundamentos".
Ése es el origen constitucional del artículo 3º de la Constitución Provincial vigente, que, por otra parte, fue respetado y continuado por quienes sancionaron la Constitución Nacional en 1853, que en su artículo 2º dice: "El gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano". Esto no fue alterado en las Convenciones Reformadoras de 1949 y 1994.
La Carta Magna provincial, en su artículo 3º, respeta los lineamientos generales que establece la Constitución Nacional, cuando en el artículo 14 determina que "Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio: (...) de profesar libremente su culto".
Se trata de un sistema de libertades con responsabilidad, ya que el Estado se reserva el atributo de reglamentar el ejercicio de los derechos de los habitantes.
Asimismo, y con los mismos fundamentos, se reserva la potestad de sostener el culto que profesa la enorme mayoría de los ciudadanos.
Con generosidad, ambas constituciones garantizan a todos los que habiten, la libertad de cultos. Pero, a la vez, establecen la verdad liminar de una religión que profesa la mayoría de sus ciudadanos, y que debe ser, en consecuencia, sostenida por el Estado.
Lejos de aquellas legislaciones y sistemas de gobierno, vigentes hoy en países donde quien no pertenezca a la religión mayoritaria está impedido de acceder a cualquier cargo público, a las universidades, a la propiedad de los medios de comunicación y donde las minorías católicas son perseguidas, la Carta Magna santafesina garantiza la libertad de cultos.
Llegadas a esta provincia las minorías famélicas provenientes del Asia y de Europa, escapando al hambre, a las guerras y los progroms, encontraron la mano abierta y la generosidad sin límites de los criollos católicos que habían dado su sangre y su coraje para que Santa Fe fuera tierra de paz.
Conviven en libertad, al amparo de la actual Constitución Provincial, las minorías de judíos, musulmanes, protestantes que arribaron con Aarón Castellanos, y varias clases de expresiones evangélicas de cuño anglosajón introducidas en los últimos decenios. No existen conflictos religiosos, ni es saludable permitir que se generen artificialmente so pretexto de una inexistente "discriminación constitucional".
La democracia debe ser un sistema en el que las minorías respeten a las mayorías, sin perturbar sus tradiciones, su historia, sus costumbres y sus creencias. Sin pretender avasallar el orden jurídico existente en la materia, que cuenta con el aval de cuatro siglos de historial en Santa Fe.
La Iglesia Católica viene sufriendo en los últimos tiempos, duros ataques en distintas partes del mundo, incluyendo a los EE.UU., paradigma de virtudes democráticas. Ha reaparecido la persecución anticatólica, como un flagelo que la humanidad creía superado.
No sería de extrañar que alguien intente sembrar semillas de discordia en Santa Fe, retomando, entre otras descabelladas ideas, la de cambiar los nombres de pueblos y ciudades de raigambre católica (Santa Fe, Rosario, San Carlos, San Javier, San José del Rincón, Santa Clara, San Jerónimo, San Lorenzo, Santo Tomé y tantos otros). O pretendiendo derogar el artículo 3º de la Carta Magna santafesina.
Carlos Jesús Rodríguez Mansilla