Desde la industrialización, en la confección de prendas, la expresión "traje a medida" quedó reservada para aquellas que tienen un único destinatario. El problema es cuando no se habla de ropa sino de licitaciones y obras públicas porque, en ese caso, el giro insinúa que existe un beneficiario predeterminado en el marco de una compulsa.
La ciudad de Santa Fe, al momento inaugurar el Puente Colgante, celebró el anuncio del gobernador Jorge Obeid sobre diversas obras entre las que se incluía la de Playa Grande, un extenso solar de 4,2 kilómetros desde el Faro hacia el norte y con la que los vecinos recuperarían aún más la remozada costanera oeste.
Pasó el tiempo, se redactó el pliego licitatorio y se formalizó la convocatoria, pero cuando quedaban unos pocos días para la apertura de sobres, una nota de la delegación Santa Fe de la Cámara Argentina de la Construcción advirtió sobre determinadas singularidades de la licitación.
Desde entonces la sospecha de un "traje a medida" sobrevuela el llamado ya que las condiciones exigidas para participar de la licitación son tan ceñidas que deja afuera a la gran mayoría de los inversores locales.
En el punto 4.2 del anexo 8 del pliego licitatorio existe una llamativa exigencia de disponibilidad técnica y la expresa prohibición de sumar capacidades entre empresas de menor envergadura. Esto traza un fuerte límite para las aspiraciones de emprendimientos locales o de la región de acceder al proyecto.
El punto 4.2 del anexo 8 dice que "el oferente deberá demostrar mediante declaración jurada (...) haber cumplimentado con una obra de movimientos de suelos de naturaleza y complejidad similar ejecutada por dragado y refulado en la cual se hayan movido como mínimo 1.500.000 metros cúbicos de suelo en un período de un año", a lo que agrega que "este requisito deberá ser cumplido por al menos una empresa o firma individual", en caso de que el oferente sea una UTE o asociación de empresas.
De este modo, el texto se vuelve extremadamente limitativo; tanto, que se convierte en el dato más grueso de la historia, ya que la única obra en el país que removió esa cantidad de metros cúbicos en un año es la que ejecuta los trabajos del río Salado en Buenos Aires.
Entonces, lo que aparece como una exigencia de antecedentes y calidad, en la práctica pasaría a transformarse en un obstáculo para las pequeñas empresas que hubiesen pretendido participar del proceso.
Otro dato llamativo es que la cantidad de metros cúbicos removidos que el pliego exige (los 1.500.000 m3 antes mencionados), casi triplica la totalidad de metros a remover en la obra licitada en esta capital, un porcentaje muy superior a lo exigido en obras anteriores.
El segundo requisito contenido en el punto 4.2 del anexo 8 impide a dos o más empresas pequeñas asociarse en UTE y alcanzar los requisitos exigidos en el pliego. Es decir, el anexo no permite que la cantidad de metros cúbicos removidos en 12 meses puedan ser sumados por distintas oferentes unidas en UTE y en distintas obras. Por lo tanto, sí o sí, el antecedente debe remitirse a una sola obra, por una sola empresa. El resultado práctico de esta exigencia es que las únicas empresas en condiciones de presentar semejante antecedente son las están ejecutando los trabajos en el río Salado de Buenos Aires.
El pasado 12 de setiembre El Litoral titulaba "Cuatro empresas interesadas en Playa Grande" y allí se describía a las firmas y sus ofertas: Pentamar SA, por $ 13.134.813,39; Angel Boscarino Construcciones y Sabavisa (UTE), por $ 11.644.700,81; Dragados y Obras Portuarias SA, por $ 12.794.179,52, y Ponce Construcciones SRL, por $ 8.968.502,49.
Esta última es la única local ya que Sabavisa está vinculada con el empresario Américo Gualtieri mientras que Dyopsa (Dragados y Obras Portuarias) y Pentamar son porteñas.
Pero en estas dos está el dato más importante: ambas están asociadas en la obra del río Salado de la provincia de Buenos Aires y, ívaya casualidad!, es la única en el país que ha movido más de 1.500.000 metros cúbicos de refulado en el último año.
Por ello vale la pena recordar la nota remitida por la CAC al intendente, en la que se señalaba que las empresas "consideran que algunas condiciones del pliego de condiciones del llamado licitatorio son en extremo elevadas, por sobre la complejidad de la obra en cuestión, y requieren nuestra intermediación, de solicitar su modificación".
Luego detalla las observaciones: "Se exige que cada oferente haya ejecutado en el término de un año un dragado de 1.500.000 metros cúbicos. Este volumen triplica el de la obra referida y por lo tanto se solicita se tome como antecedente un volumen de refulado ejecutado acorde con la mencionada obra".
Además, agrega otro dato técnico que impone límites: "Se exige una draga con una potencia mínima de 1.400 HP, esta condición no debería ser tan específica permitiendo que el oferente pudiera realizar (si fuera necesario) más de una draga de menor potencia en forma simultánea".
Pero hasta ahora, pese a los planteos, la Municipalidad de Santa Fe no informó si hubo respuesta a las consideraciones elevadas por la Cámara de la Construcción y tampoco se sabe sobre la marcha del proceso de adjudicación.