Régimen de asociación público-privado

La Cámara de Senadores de la provincia otorgó la aprobación por unanimidad a un mensaje del Poder Ejecutivo que establece formas de asociación entre los sectores público y privado, creando un régimen que reserva a los ministerios de Obras Servicios Públicos y Vivienda y de Asuntos Hídricos roles relevantes para la puesta en marcha de este tipo de vínculos.

La norma es parte del paquete de leyes que el gobernador Jorge Obeid remitió a la Legislatura provincial en el período extraordinario de sesiones, que iniciará un receso en enero.

En el Senado, el texto con media sanción pasó por las comisiones y fue tratado mediante una preferencia que recibió el apoyo de todos los bloques. La norma fue girada a Diputados, que seguramente utilizará dos días de la semana que viene para sesionar (miércoles y jueves). Luego, la Legislatura iniciará el receso de enero.

Conceptos

El proyecto impulsado por el Ejecutivo surge a partir de la necesidad de diseñar un modelo de Estado eficiente, que posibilite la participación ciudadana en la gestión del bien común, proyectando un régimen acorde con el sistema normativo provincial, que propenda a la realización de actividades de interés público y de desarrollo económico en la provincia, mediante la implementación de un sistema de adecuado financiamiento de obras de infraestructura y servicio. Facilita, de esta forma, la asociación entre el sector público y el privado, para el desarrollo de los proyectos.

La asociación entre los sectores público y privado tiene antecedentes en países europeos. Otorga al Estado la posibilidad de asociarse con los particulares en proyectos de obras y servicios públicos.

En estos casos, siempre es el Estado el que define las políticas -por ejemplo, en seguridad, educación, situación hospitalaria, obras viales, hidráulicas, de viviendas, etcétera.

Al sector privado, el régimen le abre posibilidades: sirve para que un particular lleve una propuesta a las autoridades del gobierno. Éste lo evalúa y, si decide llevarlo adelante, se otorgan ventajas a quienes son los autores de la iniciativa respecto de los demás oferentes de la licitación a realizar.