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De la redacción de El Litoral
Esta mañana finalizaron en el quirófano del hospital Cullen dos operativos de ablación multiorgánica, coordinados por el Cudaio, que tuvieron como donantes a dos jóvenes que fallecieron en sendos accidentes automovilísticos.
El caso tomó mayor trascendencia ya que ambos donantes (una chica de 22 años de Esperanza y un chico de 27, oriundo de nuestra ciudad) habían manifestado en vida su voluntad de ser donantes de órganos, decisión que figuraba en sus DNI. Por este motivo, y de acuerdo a la normativa vigente, sus familiares respetaron aquella voluntad y donaron los órganos.
En el primer caso, según precisó el subdirector del Cudaio, Dr. Alberto Teper, fueron ablacionados un riñón y el páncreas, que se destinó a una paciente de 33 años internada en el Hospital Italiano de Buenos Aires; el corazón a otra paciente, de 49 años, que se encuentra en ese mismo establecimiento de salud; el hígado, que se destinó a una paciente en urgencia hepática de la ciudad de Córdoba; y ambos pulmones, que serán recibidos por una paciente de 27 años internada en la Fundación Favaloro. En tanto, esta mañana se analizaba la posibilidad de enviar el otro riñón de esta donante a un paciente de Rosario u otro del norte santafesino.
En el caso del donante de nuestra ciudad, Teper informó que su corazón fue ablacionado y trasplantado allí por profesionales de la Clínica de Nefrología de nuestra ciudad, mientras que se continuaba haciendo la biopsia para valorar la viabilidad de que ambos riñones pudieran ser donados.
El subdirector del Cudaio aseguró que -con motivo de ambos operativos, casi simultáneos- debieron pedir colaboración de los servicios de emergencia de la ciudad: primero el 107 y luego el Cobem, y hasta disponer móviles de la Unidad Regional I de la Policía de la provincia.
Además, destacó que los dos quirófanos del hospital Cullen se vieron ocupados por los respectivos equipos de profesionales que realizaron las ablaciones de los órganos de los jóvenes donantes. Por eso, remarcó que se trató de una actitud digna de destacar la buena predisposición del personal y los profesionales del Cullen para con ellos. Por último, agregó que el éxito de los operativos multiorgánicos también se consiguió gracias a que se contó con el apoyo de las autoridades sanitarias provinciales.
Cabe recordar que la Ley Nacional de Trasplantes (24.139) fue modificada recientemente, oportunidad en la que se incluyó la posibilidad de las personas mayores de 18 años de decidir y dejar por escrito su voluntad de querer o no ser donantes de órganos, además de disponer la forma de resolver la situación cuando fallece un familiar que previamente no dejó sentada su opinión al respecto.
A partir de esa nueva legislación, el Incucai elaboró una nueva ficha de inscripción que plantea ambas posibilidades. En la primera parte se colocan todos los datos de la persona y abajo tiene dos troqueles: uno para la manifestación en positivo y otro para el caso de oponerse.
Ese trámite se puede realizar en las oficinas del Cudaio (ubicadas en el hospital Italiano de nuestra ciudad, bulevar Zavalla 3361, ala sur, segundo piso), pero también enviando una carta documento al Incucai a través del Correo Argentino (de manera gratuita) o en el momento en que se realiza algún tipo de gestión en el Registro Civil o Policía Federal.
Teper insistió que "al momento de consultar el registro informático, si la persona fallecida figura como no donante no hay otra opción y viceversa. Pero si no se encuentra ningún tipo de registro, a la familia no se le pide que tome una decisión, como era la metodología anterior, que era una gran carga".
En este caso -concluyó Teper-, se le pide que dé su testimonio de lo que ese familiar pensaba sobre la donación de órganos. Ese testimonio quedará escrito en un acta y dirá si se sabe si era o no donante.
Los puntos clave de la modificación a la ley nacional N° 24.193 de donación y trasplante de órganos y tejidos son los siguientes:
- Toda persona mayor de 18 años podrá, en forma expresa, manifestar su voluntad afirmativa o negativa a la donación de los órganos o tejidos de su propio cuerpo.
- Cuando no exista manifestación expresa, la ley presume que la persona es donante. En ese caso, se solicitará a la familia que confirme a través de su testimonio la última voluntad del fallecido.
- Ante el fallecimiento de menores de 18 años, serán únicamente sus padres o representantes legales quienes autoricen o no la donación de órganos y tejidos.
- El Incucai será responsable de mantener actualizados los registros de personas que hubieran expresado su afirmativa u oposición a la donación, testimonios de los familiares sobre la última voluntad del fallecido y el destino de cada uno de los órganos o tejidos ablacionados de carácter confidencial.
- Todo ciudadano mayor de 18 años podrá manifestar su voluntad a través de las oficinas del Registro Civil, la sección Documentación de la Policía Federal, el Incucai y/o los organismos provinciales de ablación e implante (el Cudaio, en Santa Fe), o una carta documento o telegrama gratuito enviado por Correo Argentino (sólo para manifestar su oposición).