Absueltos

Buenos Aires (DyN) - Un tribunal oral absolvió al dueño y a los gerenciadores de un salón de baños turcos por la muerte de un octogenario en las instalaciones del lugar, al que concurría puntualmente dos veces por semana.

El tribunal oral número 14, con los votos de los jueces Hugo Cataldi, Beatriz Bistué de Soler y Rosa Lescano, absolvió a los responsables del local Finlander, un centro de relax que funciona en el hotel República, a metros del Obelisco de Buenos Aires.

El fallo benefició a Salvador Toscano, presidente de la sociedad dueña del hotel República, y a Julio Barletta y Christian Marcelo Salguero, responsables del lugar, quienes llegaron a juicio oral imputados por el presunto delito de homicidio imprudente de Francisco Cosentino, un hombre de 86 años de edad.

Según la acusación, los tres imputados habían "infringido los deberes de cuidado que tenían a su cargo" sobre el octogenario por su exposición a los intensos vapores y las altas temperaturas típicas de los saunas.

Cosentino fue hallado en el interior del local con "deterioro sensorial y graves quemaduras" el 25 de julio de 2002 -según la acusación- presuntamente como consecuencia de la omisión del "deber de cuidado", que hubiera consistido en controlar el tiempo de exposición a las elevadas temperaturas y practicarle previamente un examen médico para determinar si estaba en condiciones de afrontar esa situación.

Para la absolución de los tres imputados fue clave un informe médico que determinó que el anciano no murió como consecuencia de los rigores del sauna sino por una "descompensación cardíaca previa", que le provocó el estado de inconciencia en el que fue hallado.

La autopsia arrojó que el octogenario murió como consecuencia de una "congestión y edema de pulmón. Cardiopatía hipertrófica", de las que no pudo recuperarse pese a las maniobras de resucitación y el traslado a un hospital que le practicó una empresa de emergencias médicas.

Para los jueces, "es inadmisible sostener que, acostumbrado como estaba Cosentino a frecuentar ese tipo de establecimientos, se hubiera sometido con conciencia a aumentar el riesgo para sí mediante una dilatada permanencia en el lugar, superior a la conveniente y sufrir voluntariamente las quemaduras que fueron detectadas en su cuerpo".

Si bien reconocieron que "los empleados del establecimiento deberían haber prestado mayor atención" al octogenario, concluyeron que "dicha omisión no puede reprocharse a los aquí imputados en los términos de la falta de implementación de un sistema de control que, si bien fracasó, existía".