En la Cámara de Apelaciones
Rechazan un recurso de amparo contra el Iapos
Se trata del caso de una afiliada opcional que manifestó no padecer una serie de patologías e, inmediatamente, reclamó la atención de una de ellas.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Santa Fe -integrada por los Dres. José Machado, Julio César Alzueta y Nicolás Vitantonio- hizo lugar al recurso de apelación deducido por el Iapos revocando la sentencia de primera instancia que había acogido la demanda de amparo de una afiliada, obligando al Iapos a mantener el servicio de prestación de salud, no obstante haber omitido datos sobre patologías preexistentes a la fecha de su afiliación opcional.

La resolución se dispuso el 12 de diciembre pasado en los autos caratulados "Carranza, Eva Dolores y otra c/Iapos s/Amparo (Expte. N° 210/2006)". El fallo referido -al revocar la sentencia del juez de primera instancia- señaló "que la actora -al peticionar su afiliación en calidad de opcional- firmó una declaración jurada de salud manifestando de forma clara y expresa no padecer patologías como las que, inmediatamente después, pretende reclamar".>

Además -continúa- quedó probado en la causa que, antes de tomar alguna determinación, la institución demandada -atento el pedido de la actora- desarrolló un expediente administrativo interno donde recabó toda la información necesaria para evaluar la pretensión, incluso la del médico tratante de la propia actora que declara que su patología era coetánea, y debido a su proceso evolutivo, anterior a la afiliación".>

Por último, la obra social provincial advirtió que "el decisorio jurisdiccional que se ha venido citando puntualiza y refuerza los argumentos del Iapos en cuanto a la validez de la declaración jurada exigida al ingresar como afiliado opcional y -consecuentemente- la no obligación de atención de las preexistencias de salud".>