Un nuevo ciclo lectivo se inició a pesar de que nuevamente surgieron los conflictos entre los gremios que representan a los docentes que luchan por mejores salarios y la cartera educativa.
Por lo tanto, los padres deben saber que -tal como ocurrió en los últimos años de manera voluntaria- desde este año es obligatoria la evaluación de la salud de los chicos durante su desempeño en la escuela. El 6 de noviembre de 2006 fue sancionada la ley 12.634 que obliga a los padres a realizar periódicamente ese control cuando los chicos ingresan al Nivel Inicial y el 1ro., 4to., 7mo. y 9no. año de la Enseñanza General Básica (EGB), ya sea que concurran a escuelas públicas o privadas.>
Los controles deben ser renovados cuando los niños tienen ciertas edades que marcan un nuevo ciclo de enseñanza, que corresponden -a su vez- con las diferentes etapas de cambios que se producen durante su desarrollo y maduración. Además, entre cada control se debe instar a dar una solución a las patologías que se advierten durante la evaluación médica.>
Estos controles de la salud de los niños de la provincia puede realizarse tanto en un establecimiento de salud oficial (hospitales o centros de salud barriales) como a nivel privado, por intermedio de la consulta al pediatra de cabecera que cada niño consulte.>
La mencionada ley establece la plena vigencia del Carné del Niño en Edad Escolar, que reemplaza al tradicional certificado de buena salud que era solicitado por las escuelas al ingreso escolar. Entonces, desde este año lectivo, los alumnos ingresantes a Nivel Inicial (Preescolar) de todas las escuelas oficiales y privadas deberán presentar ese carné, que será entregado por la institución educativa a los padres o adultos responsables.>
La norma establece que deben efectuar obligatoriamente exámenes integrales y periódicos de salud que serán registrados por el profesional médico en este nuevo documento, haciendo constar su firma y sello.>
Los adultos deben acompañar al niño a la consulta y llevar el carné, el DNI del niño y el carné de vacunaciones. Los controles de salud previstos permiten al médico evaluar -desde las etapas iniciales de la vida escolar- aspectos relacionados con el crecimiento como ser peso, talla, presión arterial, audición, visión, etc., y los relacionados al desarrollo, incluyendo trastornos de aprendizaje, de conducta, de lenguaje, etc., como así también la detección de problemas sociales.>
Según se informó desde el Programa de Salud del Niño en Edad Escolar, dependiente del Ministerio de Salud santafesino, este control médico habilitará al niño para realizar actividades de Educación Física curricular no competitiva.
Pero advirtió que los padres también deben presentar el certificado bucodental y el de las vacunas de sus hijos, como se venía exigiendo hasta el momento. En este sentido, aclaró que -a pesar de que la revisión integral del niño incluye la parte odontológica, que está a cargo del pediatra- un especialista (odontólogo) debe hacer la revisación completa de la boca del niño, según lo establece y requiere la Dirección de Odontología.>
Por otra parte, informó que los niños que ya tienen el carné deberán actualizarlo (realizando un nuevo examen integral de salud) cuando ingresen a 1er., 4to., 7mo. y 9no. año de EGB. Una vez presentado a las autoridades escolares, el original quedará en poder de los padres. Cada escuela dispondrá un sistema de archivo en el que conste su cumplimentación.>
Al existir un seguimiento periódico del niño, no sólo se podrán detectar patologías que quizá hubieran pasado desapercibidas sino prever y organizar acciones de promoción y protección de la salud.>
Desde este año, el Calendario Nacional de Vacunación sufrió una modificación y eliminó el refuerzo con vacuna BCG (contra la tuberculosis) al ingreso escolar o a los 6 años. De esta manera, sólo se debe aplicar una dosis de esa vacuna al nacimiento del bebé, aunque en el caso de niños con esquemas de vacunación atrasados, sin documentación de vacunación y sin cicatriz, es recomendable colocarles una dosis antes de los 6 años.
Esta medida surgió por resolución N° 195 del ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, del 22 de febrero de 2007. Tomó en consideración que la Comisión Nacional de Inmunizaciones (Conain) recomendó, en noviembre de 2006, discontinuar la vacunación de refuerzo con BCG al ingreso escolar o a los 6 años, ya que dicha estrategia no ofrece protección adicional contra las formas graves de tuberculosis, de acuerdo con evidencia científica actual, opinión de expertos y posición de organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud.>
También se tuvo en cuenta que los niños con documentación de aplicación de BCG pero con falta de escara o cicatriz no existe correlación con falta de protección, por lo que es innecesaria la revacunación.>
Otro de los considerandos indica que estas conclusiones fueron avaladas durante el Taller sobre BCG realizado en la XXXVIII Reunión del Consejo Confederal de Control de la Tuberculosis, organizado por el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Dr. Emilio Coni y por el Comité de Infectología de la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP).>
Cabe recordar que El Litoral reflejó en sus páginas el desarrollo de aquella reunión realizada los días 23 y 24 de noviembre de 2006 en el Instituto Coni de nuestra ciudad, oportunidad en la que expertos en tuberculosis de todo el país concluyeron -entre otros puntos- sugerir la eliminación del refuerzo de la vacuna BCG a los 6 años o el ingreso escolar.
Los expertos planteaban que "se reitera la importancia de la vacunación BCG en el recién nacido con vacuna de calidad garantizada. Se debe asegurar la vacunación del recién nacido antes del alta en todas las maternidades públicas o privadas. Para poder lograrlo, es necesario: disponibilidad y garantía de calidad de la vacuna BCG (condiciones en las que llega al vacunatorio, cómo y cuándo se administra, capacitación del personal y registro con marca y N° de lote, fecha de nacimiento y de vacunación del bebé".>
Asimismo, concluían que "se debe eliminar la revacunación con BCG a los 6 años o al ingreso escolar" y que "se debe vacunar a todo niño de 6 años o menos que no presente cicatriz de BCG y que no posea carné de vacunación o no la tenga registrada en el carné. Un niño que no ha recibido la BCG neonatal y presente síntomas de sida no debe ser vacunado para evitar el riesgo de diseminación".>
La reunión fue presidida por la Dra. Elsa Zerbini, directora del Iner, en su carácter de jefa del Programa Nacional de Control de Tuberculosis, los jefes de programas provinciales de esta enfermedad de 23 jurisdicciones (faltó el representante de La Rioja) y los responsables de la Red de Laboratorios de 21 jurisdicciones (a excepción de los de Corrientes, La Rioja y Catamarca).>
También participaron los integrantes del Grupo Asesor Técnico de Tuberculosis (GAT), representantes de la Sociedad Argentina de Pediatría, de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos G. Malbrán (Anlis), entre otros funcionarios y especialistas. Otros de los temas analizados versaban sobre tuberculosis y sida, capacitación en tuberculosis infantil, y tuberculosis en las universidades.>
Mariana Rivera