La UCR reprochó la "actitud moral" de Rolando Vergara
Polémica en el Concejo por un juicio contra la Municipalidad
A través de un proyecto legislativo la oposición fijó su postura sobre el caso del funcionario público que le ganó un juicio al municipio local tras haberse inundado su vivienda en 1997. Tras el tratamiento, fue pasado a Archivo.

Ariel Durán-Sergio Ferrer

A raíz de haber tomado estado público un fallo judicial que resulta favorable para el Dr. Rolando Vergara por una presentación realizada varios años atrás contra la Municipalidad de Santo Tomé por haberse anegado su vivienda, los concejales radicales Fabián Palo Oliver y Carlos Hugo Tepp presentaron un pedido de informes en el Concejo, en el que expresan un reproche moral "ya que cumple función de gobierno siendo un acreedor del municipio".

Por unanimidad, la iniciativa tuvo tratamiento sobre tablas el miércoles 2 de mayo, pero fue derivada a Archivo tras escucharse la explicación del intendente Angel Piaggio, quien fundamentó su postura basado en dos consignas: 1) Que el juicio se hizo con anterioridad a que Vergara sea secretario municipal; 2) Que Vergara no cobró el mismo.>

Los hechos

El 13 de diciembre de 1997 Rolando Vergara -por entonces simple vecino y hoy secretario de Gobierno municipal- vio invadida por las aguas de lluvia su propiedad de calle República de Chile 2011 de Santo Tomé, al igual que los propietarios de los inmuebles ubicados en la zona comprendida entre Libertad, hasta Rivadavia por República de Chile y calles paralelas hacia el centro de la ciudad.

Vergara produjo reclamos administrativos ante la Municipalidad, adjudicando responsabilidad al municipio local por las consecuencias sufridas; dichos reclamos fueron rechazados por el ente oficial, por lo que decidió iniciar una demanda judicial por daños y perjuicios (la que consta en el expediente caratulado "Vergara, Rolando Luis c/Municipalidad s/indemnización por daños y perjuicios").>

Precisamente, luego de los trámites de juicio la demanda le resultó favorable a Vergara lo que hizo que presentara -como damnificado-, una liquidación de las cifras a cobrar el día 25 de setiembre de 2003 (se habla de unos $ 50.000 con su correspondiente actualización); cantidad que el municipio impugnó en el mes de octubre siguiente.>

"Ausencia de respaldo moral"

Si bien Palo Oliver mocionó la aprobación al proyecto, la misma fue rechazada por 5 votos a 3: Sergio Ripoll, Silvia Zuanet, Gerardo Silvestri (PJ-Proyecto 2000), Fabián Luján (PJ-Eva Perón) y la socialista Marta Purgat votaron en contra; Palo Oliver, Tepp y Libertad A. Lostumbo (que también es socialista, pero que a diferencia de la legisladora anteriormente nombrada, conforma con los ediles radicales el interbloque del Frente Progresista, Cívico y Social) votaron a favor. Atento a ello, bien cabe repasar algunos puntos de la posición marcada por el radicalismo local.

Por ejemplo, en el texto de referencia se aclara que "la Ley Orgánica de Municipalidades (N° 2756) excluye de la posibilidad de ser representantes del municipio a todas aquellas personas que tengan con la misma intereses comerciales". Luego se considera lo siguiente: "El caso que nos ocupa no está explícitamente especificado, pero entendemos, desde nuestros valores, que la actitud del doctor Rolando Vergara es éticamente reprochable, por cuanto, si bien es un derecho reclamar ante las autoridades por el incorrecto accionar del Estado municipal... �Debe admitirse que un litigante del Estado municipal, como funcionario de este mismo, sea acreedor -durante su función- de las cifras litigadas?".>

A continuación, los autores señalan que no discuten "el derecho y la razón que la Justicia adjudica a un ciudadano a ser resarcido por daños provocados por el municipio"; "sin embargo", prosiguen, "en el caso que nos ocupa, lo que reprochamos es la ausencia de respaldo moral en el doctor Vergara, para postularse a cargos electivos y cumplir una función de gobierno siendo acreedor del propio municipio, menos aún formando parte del gabinete que debe resolver su pago en beneficio propio".>

Las preguntas

En el proyecto de comunicación, luego remitido a archivo del Concejo, se solicitaba al intendente santotomesino que brinde determinada información.

Algunas de las preguntas puntuales eran: si designó al abogado Rolando Vergara en el cargo de secretario de Gobierno estando en conocimiento de que era acreedor del municipio, fallo judicial firme mediante, por demanda de resarcimiento de daños y perjuicios contra la Municipalidad de Santo Tomé; si Vergara, al momento de recibir su ofrecimiento para ocupar el cargo de secretario de Gobierno lo puso en conocimiento de que era acreedor del municipio, por demanda de resarcimiento por daños y perjuicios contra la Municipalidad de Santo Tomé; si Vergara, para percibir la suma de dinero que el fallo de la Justicia le adjudicó, solicitó formalmente su cobro al municipio, en caso afirmativo indique la fecha de su presentación y si existiera agregue la fecha de autorización del pago y en caso de haberlo cobrado, la fecha en que se efectivizó.

Además, se requería saber si, "en el caso de que con anterioridad al momento del juramento prestado por el abogado Rolando Vergara", él "no tuviera conocimiento del juicio entablado por esta persona contra la Municipalidad -ni del fallo judicial condenatorio-, al momento de tomar conocimiento de la situación evaluó que debería abonarle las sumas ordenadas por la Justicia a un integrante de su propio gabinete de gobierno".

Asimismo, se puntualizaba: "Considerando la dependencia directa que tiene la Dirección de Asuntos Legales con la Secretaría de Gobierno, de la cual el abogado Vergara es su titular y por lo tanto responsable de la estrategia que por eventuales juicios, se demande a la Municipalidad cobros indemnizatorios a quienes vieron inundados sus hogares por las aguas de las lluvias de marzo pasado... �Ordenará usted en su carácter de intendente a su hoy secretario de Gobierno que instruya a la Dirección de Asuntos Legales oposición a los reclamantes damnificados, por un hecho similar del que Vergara resultó beneficiario?".

"Actúan corporativamente"

Fabián Palo Oliver en diálogo con El Litoral sostuvo que "los concejales oficialistas actúan corporativamente; defienden lo indefendible y son responsables, por acción, de que una vez más la ciudadanía no visualice transparencia en el accionar de los funcionarios públicos".

Luego agregó que con ello, "demuestran la poca predisposición que tienen para que información que debe ser pública se brinde de manera certera, fehaciente y rápida".

"Si Vergara, como dicen, no realizó trámite alguno relacionado con el juicio mientras era candidato o funcionario... �Por qué no lo demuestran con la documentación correspondiente?", añadió.

"Si Vergara no percibió suma dineraria alguna... �Significa que renunció a hacerlo o simplemente suspendió su cobro hasta tanto deje de ser funcionario?", siguió explicando, para luego completar: "Ratificamos, a partir del ocultamiento de la información, que la actitud del abogado Vergara es moralmente reprochable".

Acto seguido, en obvia alusión a las tareas que desarrolla Vergara -ante la posibilidad cierta de reclamos como el suyo de parte de damnificados de 2007-, Palo Oliver afirmó: "Si responsabilizó al Estado municipal por el ingreso de agua de lluvia en su vivienda en el año 1997... �Por qué diez años después no opina de igual manera?".