El Poder Ejecutivo reglamentó la ley 12.545, que creaba, en el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos, el Registro Provincial de Información de Niños, Niñas y Adolescentes Desaparecidos. Su objetivo es instrumentar un sistema solidario y eficaz para la localización de chicos perdidos.
Según la ley, todas las denuncias realizadas en sede judicial o policial deberán ser comunicadas a la Secretaría de Derechos Humanos, que tendrá que incorporar esa información al Registro. De la misma forma, las autoridades deberán informar a la Secretaría con datos sobre chicos hallados.>
Paralelamente y en función de las metas de la ley, la repartición podrá celebrar convenios de cooperación con otros ámbitos de gobierno o instituciones específicas, coordinar tareas con el Estado nacional, habilitar una línea telefónica para recibir denuncias y difundir la imagen de los chicos perdidos. También deberá articular acciones con Gendarmería, Interpol y Policía Federal, para la prevención y búsqueda de los niños y adolescentes desaparecidos.>
La norma sugiere que el Ejecutivo provincial haga gestiones ante la Nación para que las empresas concesionarias, licenciatarias y permisionarias de obras y servicios públicos de jurisdicción nacional publiquen las fotografías de los niños, niñas y adolescentes desaparecidos.>
Según el decreto reglamentario, la comunicación de las denuncias al Registro deberá ser en primera instancia vía fax, con una línea telefónica o correo electrónico habilitados a tal efecto. Posteriormente, se remitirán las comunicaciones originales en forma escrita.
En cuanto a la información sobre los chicos encontrados, la Justicia, la Policía o el funcionario que estén al tanto del hallazgo deberán enviarla por escrito al Registro. La notificación deberá ser dentro de las 48 horas de producido el hallazgo.>
Para eso, el reglamento determina que cada dependencia designe a un funcionario de "enlace" con el Registro, a fin de que coordine la transmisión de los datos obrantes en sus respectivas jurisdicciones.>
Para poder acceder a la información del Registro, quien la requiera deberá demostrar argumentos que fundamenten la difusión. Si la solicitud de información compromete al chico perdido, la Secretaría de Derechos Humanos podrá rechazar el pedido u otorgarlo bajo declaración jurada donde el requirente se comprometa a preservar los datos brindados. Se tendrán especialmente en cuenta los casos bajo investigación judicial por la eventual comisión de ilícitos penales, el modo y los posibles intervinientes en la desaparición denunciada, y las indicaciones de la autoridad judicial. De hecho, será el juez quien deba precisar si la difusión de la información estará restringida por motivos procesales o de orden legal.>
Consultado por El Litoral, el secretario de Derechos Humanos, Domingo Pochettino, celebró la reglamentación porque, si bien el Registro ya está funcionando en su área, lo hacía con algunas zonas grises.
"Ahora queda todo claro; empezamos a trabajar con todas las cuestiones en regla -dijo el funcionario-. Uno de los aspectos ambiguos era la relación con el Poder Judicial, por ejemplo, cuando se trataba de difundir información que podía estar vinculada con alguna investigación en curso. En este sentido, la reglamentación estableció que todos los casos serán comunicados al Registro, en la medida en la que no haya algún impedimento que prohíba que se conozca la cara del chico perdido porque está siendo investigado".>
Según las estadísticas, una de las principales causas por las que los chicos desaparecen de sus hogares es por problemas familiares.>
"Los chicos se van de sus casas por problemas de comunicación con sus padres y, generalmente, se van a lo de un amigo o familiar -dijo Pochettino-. Por eso es tan importante difundir la información y buscarlos rápidamente, porque, mientras el chico quede dando vueltas, puede caer en las redes de tratas y demás".>
El funcionario aseguró que, una vez hallados, los chicos son asistidos con tratamientos psicológicos para que puedan reinsertarse en sus hogares.>
El origen
La posibilidad de que la provincia de Santa Fe tuviera su propio Registro de Información de Chicos Perdidos -ya existe uno a nivel nacional- surgió cuando integrantes de la organización no gubernamental Alerta Niño y familiares de Bruno Gentiletti iniciaron una campaña de recolección de firmas para que la Legislatura sancionara la ley. Bruno Gentiletti es el niño de nueve años, oriundo de la localidad de Las Rosas, que desapareció el 2 de marzo de 1997 en el balneario La Florida, de Rosario. Desde entonces, nada se supo sobre su paradero; hoy tendría casi veinte años.
177 denuncias
Según dijo hoy a El Litoral la actual responsable del Registro Provincial de Información, Susana Figueroa, en todo el territorio santafesino existen al día de la fecha "177 denuncias" por chicos perdidos. Aclaró que en realidad, es una cifra fluctuante, porque a medida que surgen nuevas denuncias por desapariciones, también se notifican otros hallazgos. Los "desaparecidos históricos" son al día de hoy cuatro. De las 177 denuncias, el 48 % corresponde a Rosario, y el 15 % a Santa Fe. En su mayoría son adolescentes, con edades promedio de entre 14 y 17 años.
Ivana Fux