Una reciente disposición judicial estableció que los detenidos sin sentencia firme están en condiciones de votar. El fallo abunda en consideraciones jurídicas y sociológicas, pero en lo fundamental sostiene que en una sociedad democrática toda persona tiene derecho a elegir y ser elegida, es decir, a ejercer sus derechos políticos cuando no haya un impedimento firme.
El fallo no ha generado oposiciones importantes porque la jurisprudencia y la cultura jurídica contemporáneas consideran que se ajusta a derecho y responde a las exigencias humanistas de los tiempos que corren.>
En todo caso lo que se debe preguntar es si la cultura republicana se agota con la emisión del voto o necesita de otros componentes que la refuercen y le otorguen su verdadero significado.>
Se sabe que el derecho a votar incluye el derecho a la información que en las sociedades de masas se garantiza mediante la libertad de expresión. Se presume que a la hora de decidir el voto, el ciudadano realiza una serie de consideraciones ideológicas, éticas y culturales, algunas conscientes y otras no tanto, pero que en el conjunto constituyen la voluntad que se expresará a través del voto.>
El tema es complejo porque las decisiones de los ciudadanos a la hora de elegir no se configuran sólo con informaciones teóricas, sino con especulaciones acerca de sus necesidades, necesidades que en los sectores de menores recursos suelen ser imperativas y pueden llegar a viciar la voluntad del votante. El clientelismo es criticable porque refuerza esta tendencia.>
Si estos dilemas están planteados en las sociedades modernas y afectan a personas que disfrutan de la libertad ambulatoria, habría que preguntarse cómo constituyen su voluntad política personas privadas de la libertad. Sociólogos y especialistas en derecho penal se han planteado estos interrogantes, porque si bien se reconoce el derecho de los detenidos no procesados a votar, también se admite que se trata de personas que están en una condición jurídica especial y, por lo tanto, están sometidos a limitaciones físicas, morales e informativas que pueden viciar sus puntos de vista.>
El esfuerzo por responder a estos dilemas ha dado lugar a diversas experiencias orientadas por especialistas y protagonizadas por los mismos detenidos. En algunos casos, la alternativa ha sido la extensión de los beneficios formales de la educación, una de cuyas experiencias más notables fue la que se realizó en el penal de Devoto mediante el ofrecimiento de carreras universitarias con cursos allí dictados por docentes de la UBA. En otros casos las opciones han sido la edición de revistas y periódicos escritos y diagramados por los propios detenidos o, como ocurre ahora con más frecuencia, la instalación de radios.>
Lo que importa en todos los casos es que a través de estas experiencias los detenidos ejercitan su capacidad de reflexión acerca de cuestiones públicas. Si estas prácticas se extendieran se lograría no sólo empezar a hacer posible la declamada reinserción social de los detenidos, sino que, en el caso que nos ocupa, les permitiría perfeccionar la emisión del voto a quienes no están procesados.>