Fuera del período ordinario de sesiones, en plena transición, a días de la llegada del socialista Hermes Binner al gobierno provincial y con la firma de pares del radicalismo frentista, el diputado provincial Hugo Marcucci -un dirigente surgido en el sector de los "radicales universitarios"- presentó un proyecto de ley que declara la necesidad de la reforma de la Constitución.
A diferencia de lo planteado públicamente por dirigentes del socialismo y el propio gobernador electo, la iniciativa mantiene la bicameralidad -sostiene la existencia del Senado-, pero modifica la integración de ambas Cámaras. Elimina la mayoría automática de Diputados y crea una Cámara Alta a partir de la existencia de 7 regiones (en lugar de departamentos) que serían representados por 3 senadores cada una.
En otros aspectos de igual importancia, habilita la reelección del titular del Poder Ejecutivo por única vez. Además, consagra la doble vuelta o ballottage y al estilo francés, porque considera mayoría al 50 % más uno de los votos.
El texto fue lanzado para debate por correo electrónico el día en que juraron los diputados electos; no fue ingresado por mesa de entradas de la Cámara Baja porque se ha agotado el período ordinario y para su debate requerirá de su inclusión en el temario de extraordinaria (por parte del gobernador Binner), hasta el 1° de mayo de 2008, cuando se reabra el período ordinario.
Una gacetilla de prensa antecede al proyecto de ley que consta de 10 artículos y unos fundamentos de fondo que ocupan 30 carillas. La reforma parcial "tiene un primer antecedente en el trabajo presentado a instituciones en 2006, titulado `Ideas para el debate en torno a una reforma de la Constitución de la Provincia de Santa Fe"'. Y agrega Marcucci "después de un año de incorporar sugerencias y opiniones, realizamos esta presentación que tiene por objeto proponer ideas para el debate".
Tras destacar la necesidad de una actualización y de incorporar los nuevos principios, derechos, garantías e institutos, "reflejo de las más modernas corrientes constitucionalistas", el diputado subraya la necesidad de "trabajar sobre los consensos para que la reforma tenga viabilidad".
- Establece la neutralidad religiosa del Estado.
- Incorpora nuevas regulaciones como la protección del medio ambiente y la defensa de la competencia, del usuario y del consumidor; el Habeas Data y el derecho de acceso a la Información Pública; los tratados internacionales y los mecanismos de democracia directa.
- Establece principios del sistema electoral para garantizar la intransferibilidad del voto.
- Reconoce a los partidos políticos como instituciones fundamentales del sistema democrático.
- Crea un Tribunal Electoral Provincial permanente.
- Establece el requisito de los dos tercios de votos de ambas Cámaras para modificar el sistema electoral.
- Elimina en la Cámara de Diputados la denominada "mayoría automática" o "cláusula de gobernabilidad", que atribuye veintiocho bancas al partido ganador.
- Establece componer el Senado con tres senadores por cada Región elegidos en forma directa y conjunta, correspondiendo dos bancas al partido político que obtenga el mayor número de votos, y la restante al partido político que le siga en número de votos.
- Amplía el período de sesiones ordinarias.
- Establece la reelección del gobernador y vicegobernador por un solo período consecutivo.
- Modifica los plazos electorales estableciendo la elección con una antelación no mayor de tres meses y no menor a dos meses de la fecha de expiración del mandato.
- Establece que el gobernador y vice sean elegidos por mayoría absoluta de votos válidamente emitidos. De no obtenerse dicha mayoría en primera vuelta, se procederá, a una segunda vuelta, a simple pluralidad de sufragios. Solamente podrán presentarse a ésta, las dos fórmulas que hayan obtenido la mayor suma de votos en la primera vuelta.
- Elimina la atribución del PE de indultar y conmutar penas.
- Constitucionaliza la figura del ministro Coordinador.
- Crea el Consejo General del Poder Judicial.
- Incorpora al vicegobernador como funcionario sujeto a destitución mediante juicio político.
- Modifica lo relativo a la estructura y funciones de un Ministerio Público extrapoder.
- Constitucionaliza el instituto de la Defensoría del Pueblo.
- Crea un Ente Provincial Regulador de los servicios públicos y una Oficina de Fiscales Especiales de Investigaciones Administrativas.
- Establece una regionalización de la provincia, la autonomía municipal en el marco de lo establecido por el artículo 123� de la Constitución Nacional y un sistema de coparticipación impositiva entre provincia y municipios.
- Extiende a cuatro años el mandato de los presidentes comunales.
- Elimina la renovación bianual y por mitades de los concejos municipales.
- Crea un Consejo General de Educación.
- Incorpora un mecanismo de reforma constitucional por enmiendas legislativas parciales.
La más antigua
Sancionada en 1962 la Constitución de Santa Fe será en poco tiempo la más antigua del país, ya que la de Entre Ríos (del mismo año) se encuentra en proceso de reforma.
De la redacción de El Litoral