Informatización y modernización
La Justicia de Santa Fe encabeza el uso de la firma digital
Casi la mitad de los certificados otorgados por la oficina nacional competente lo fueron a Tribunales santafesinos. El propósito es avanzar con la "despapelización" de los trámites.

De la Redacción de El Litoral

"El 43% de los certificados de firma digital emitidos por esta oficina en el marco del Convenio de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional (CCEI) corresponden al Poder Judicial de la provincia de Santa Fe". Así lo consigna textualmente un reciente informe de la Oficina Nacional de Tecnologías Informáticas (Onti), que sirve para dimensionar el desarrollo alcanzado por la Justicia santafesina en materia de comunicación informática. Otro 43 por ciento de los certificados pertenecen a todos los demás poderes judiciales de la Argentina (sin Santa Fe), mientras que el restante 14% fue tramitado por diferentes organismos nacionales.

El porcentaje de las firmas digitales de Santa Fe está integrado por 768 cuentas de correo electrónico con firma digital asignadas a los magistrados y funcionarios a cargo de los juzgados y demás dependencias judiciales, distribuidos en 35 ciudades de la provincia que se corresponden con los circuitos judiciales. Además, están instaladas 209 cuentas de correo electrónico sin firma digital en otras oficinas, totalizando 977 direcciones, todas interconectadas a través de la red de datos del Poder Judicial.

Junto a su liderazgo nacional, otro dato que caracteriza el proceso de desarrollo en materia de comunicación electrónica de la Justicia de Santa Fe es su descentralización. En efecto: los 35 circuitos judiciales de la provincia tienen asignada alguna firma digital. Rosario (con 310) y Santa Fe (con 209) encabezan la lista, pero aún las localidades ubicadas en los extremos geográficos del territorio provincial poseen esta herramienta (Villa Ocampo, 2; Tostado, 7; Rufino, 7; Venado Tuerto, 29).

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"Despapelización"

El proceso de modernización tecnológica encarado por la Corte es consecuencia de la decisión de lograr una mayor eficiencia en la administración y organización judicial, buscando "despapelizar" los juzgados para llegar en el futuro al llamado "expediente digital", el cual significaría un importante ahorro de tiempo en trámites que hoy se efectivizan por correos tradicionales.

Para ello se realizaron transformaciones en la organización y en la normativa interna, concretándose la incorporación de la infraestructura tecnológica necesaria para prestar el servicio de correo electrónico oficial, con más de 1.100 cuentas de e-mail asignadas a magistrados y funcionarios, facilitando y agilizando las comunicaciones entre las dependencias judiciales de toda la provincia.

Para llegar al actual desarrollo digital destacado por la Onti, la Corte santafesina dispuso en su momento que se realizaran todas las tareas necesarias para poner a punto la infraestructura (ampliación del ancho de banda, extensión de la red de datos del Poder Judicial, incorporación de computadoras, reemplazo de servidores por otros más potentes, capacitación del personal, etc.). Alcanzadas las metas de aquella primera etapa, el máximo tribunal de Justicia santafesino dispuso, en 2006, autorizar el uso de la tecnología de firma digital para trámites administrativos internos y continuar la tramitación de los certificados de clave pública ante la Onti.

Presente y futuro

Actualmente, la firma digital se está utilizando en trámites administrativos entre los juzgados y oficinas judiciales con la Secretaría de Gobierno y la Secretaría Letrada de la Corte Suprema, aunque la tecnología de correo electrónico con firma digital también permitió celebrar un acuerdo de cooperación con el Registro Nacional de Reincidencia, por el que se instauraron las Unidades de Recepción y Expedición de Antecedentes Penales, y la firma del Convenio de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional suscripto entre los poderes judiciales de la Argentina con el fin de contribuir al desarrollo de un sistema judicial ágil y eficiente.

En el futuro próximo este recurso tecnológico será también aplicable a los actos jurisdiccionales e interjurisdiccionales. Se busca así un intercambio más fluido y seguro entre el Estado y la sociedad, mejorando las comunicaciones entre los distintos organismos, agilizando la gestión, reduciendo costos y tiempos, generando ahorros para el Estado y la ciudadanía.

Más allá del compromiso de la Corte en la materia, el éxito final del proceso de cambio y modernización depende en buena medida de la aceptación de este nuevo paradigma por parte de las instituciones intermedias, profesionales auxiliares de la Justicia y ciudadanos en general.

Qué es

La firma digital es una herramienta tecnológica que se utiliza para garantizar la integridad, inalterabilidad y autenticidad de los documentos enviados por medios electrónicos, así como para verificar su autoría. Consiste en un conjunto de datos asociados a un mensaje digital que permite garantizar la identidad del firmante y la integridad del mensaje. La creación y verificación de firmas digitales se realiza mediante procedimientos técnicos y normativos, y supone la existencia de documentos que respaldan su valor legal.

Marco legal

El Congreso sancionó la ley 25.506 de firma digital, por la que se otorga validez legal a esta herramienta, especificando en su artículo 3° que "cuando la ley requiera una firma manuscrita, esa exigencia también queda satisfecha por una firma digital". El Poder Ejecutivo nacional dictó el decreto reglamentario 2628/02 y la provincia se ajustó a esa normativa mediante la ley 12.491. La ley equipara la firma digital a la manuscrita, es decir que le asigna los mismos efectos legales, pero establece una importante distinción entre la firma digital y la firma electrónica: cuando una persona recibe un correo firmado digitalmente se presume que proviene de su titular, salvo prueba en contrario; en cambio, si la firma electrónica es desconocida por el titular, el destinatario debe probar su autenticidad.