Por 180 días
Retiran poder deportivo a la Regional 4 de Automovilismo Deportivo
El Automóvil Club Argentino, a través de la Comisión Deportiva Automovilística, decidió quitar el Poder Deportivo al ente rector de la provincia de Santa Fe, "por presumir que no existe por parte de la Federación una administración normal de la misma y que podría haber un evidente abuso de sus atribuciones", puntualizan entre otros puntos, en el comunicado número 18 CDA 4, llegado a El Litoral.

De la redacción de El Litoral

Si bien la versión acerca de la quita del Poder Deportivo a la Federación Regional Número 4 de Automovilismo Deportivo de la Provincia de Santa Fe, corrió insistentemente en los últimos días, El Litoral, tratando -como es habitual en sus casi 90 años de existencia- los temas con absoluta seriedad, aguardó el curso de los acontecimientos y que existiera una comunicación oficial. La misma llegó ayer en las primeras horas de la tarde a la dirección electrónica de la sección Deportes de nuestra casa. En el texto se expresa lo siguiente: "El Automóvil Club Argentino (ACA), a través de su Comisión Deportiva Automovilística (CDA) ejerce el Poder Deportivo a nivel nacional, conforme lo establecen los artículos 5, 7, 10 y 193 del Código Deportivo Internacional (CDI).

"En cumplimiento de dicha función y de acuerdo al Reglamento Deportivo Automovilístico (RDA), en sus artículos 24, 62, 63, 64, 65, 66 y 67 reglamenta las condiciones, derechos y obligaciones de las Federaciones Regionales (Frad), a las cuales le delega parcialmente el poder deportivo, que recibe de la Federación Internacional del Automóvil (FIA), para ser ejercido en la zona de jurisdicción que abarca cada Federación", puntualizan.

"El correcto cumplimiento de estas normas hace al normal y justo funcionamiento de la actividad deportiva automovilística en cada una de dichas Frad.

"Conforme estable el RDA en el Capítulo IV -Federaciones Regionales, artículos 63 y 64-, puede retirar el Poder Deportivo a una Federación , en forma directa y sin más trámite", afirman.

"La CDA ha recibido en los últimos tiempos diversos reclamos sobre supuestas situaciones y decisiones arbitrarias en lo deportivo de la Frad Nro. 4, todo lo cual ha generado que con fecha 18 de diciembre de 2007, se formalizara una presentación por parte de entidades y agrupaciones de pilotos y categorías que actúan en esa jurisdicción, denunciando una serie de irregularidades en ese aspecto".

Pruebas y descargo

"La investigación de los hechos llevará un tiempo prudencial, como así también el traslado que debe darse a la Frad Nro. 4, para que formule su descargo y ofrezca pruebas en tiempo y forma.

"La Comisión Deportiva Automovilística considera que la actividad deportiva zonal no debe interrumpirse, ya que ello afectaría a un importante sector de la sociedad que participa de este deporte en la provincia de Santa Fe, razón por la cual esta entidad debe velar porque ello no ocurra cumpliendo así con sus estatutos", recalcan.

"Dada la gravedad de los hechos denunciados por los interesados y, analizados los mismos, hace presumir que no existe por parte de la Federación una administración normal de la misma y que podría haber un evidente abuso de sus atribuciones", argumenta.

"En este estado y teniendo en cuenta que la decisión de la CDA es la de regularizar la situación existente y fiscalizar la actividad zonal, siguiendo el espíritu y la normativa del RDA y del CDI, el ACA puede reasumir el Poder Deportivo parcial, delegado oportunamente a esa Federación y de esta forma fiscalizar a las categorías; asociaciones y clubes de la provincia de Santa Fe, que así lo deseen".

Punto por punto

"Con las facultades que le otorgan el Código Deportivo Internacional y RDA y lo aprobado por la Comisión Directiva del ACA, la Comisión Deportiva Automovilística del Automóvil Club Argentino resuelve: 1) de conformidad con lo establecido por los artículos 63 y 64 del RDA, se retira el Poder Deportivo parcial a Entidad Civil, Federación Regional Nro. 4 de la provincia de Santa Fe. En el término de ciento ochenta (180) días, a partir del día de la fecha, se sustanciarán las actuaciones correspondientes.

2) Como consecuencia del retiro del Poder Deportivo, la Comisión Deportiva Automovilística reasume el control y fiscalización de la actividad automovilística de las categorías, asociaciones y clubes de la provincia de Santa Fe, que así lo deseen.

3) Durante el período de investigación indicado y hasta tanto lo disponga la CDA, la Frad 4 deberá cesar en el ejercicio de la función de Ente Fiscalizador, en nombre la Comisión Deportiva Automovilística del ACA y por ello, no podrá emitir licencias deportivas; fiscalizar competencias; ni designar autoridades deportivas, en lo que hace a la actividad oportunamente delegada y dentro del esquema organizativo del deporte automotor que lleva adelante el Automóvil Club Argentino, como Autoridad Deportiva Nacional, por delegación de la FIA.

4) Durante el período indicado, la Federación Regional de Automovilismo Deportivo Nro. 4 de la provincia de Santa Fe deberá efectuar las aclaraciones y descargos que a su criterio correspondan, respecto de los hechos y circunstancias que motivaran la decisión precedente y que obran en la CDA.

5) Pase a conocimiento de la Comisión Directiva del ACA, notifíquese a quien corresponda y hágase saber a los interesados", culmina el extenso comunicado.

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