El Poder Ejecutivo publicó -sin anuncios oficiales- el decreto que modifica el procedimiento para la designación de jueces comunales, estableciendo el requisito del título de abogado o procurador, así como el método de selección de candidatos a ocupar las vacantes.
El decreto lleva el número 0992, fecha del 11 de abril, y abroga el 2019 del año 2006, firmado por Jorge Obeid y Roberto Rosúa, que también estableció una serie de requisitos para ocupar el cargo. Sin embargo, la gestión anterior no llegó a designar ningún juez para ocupar las decenas de vacantes que existen en dicho fuero. Deja también sin efecto los trámites cumplidos mediante el instrumento anterior para seleccionar candidatos.
La norma lleva las firmas del gobernador Hermes Binner y del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti, y si bien "estima valiosa la finalidad de autolimitación que se pretendió atender con la sanción del decreto 2019/06, también debe ponderarse la intención de brindar un marco de participación a la ciudadanía".
Ese decreto dispuso realizar un examen de idoneidad técnica y creó un consejo consultivo ad hoc no vinculante como órgano asesor del Poder Ejecutivo.
Según la actual gestión, ese sistema "no garantiza suficientemente la excelencia y transparencia en el proceso de designación de los jueces comunales, en particular, por cuanto el examen previsto conduce a una mera entrevista con los aspirantes, lo cual priva de objetividad al trámite y no garantiza el cumplimiento de los fines previstos en la normativa invocada".
Por eso considera necesario "implementar un procedimiento que garantice transparencia, excelencia, celeridad, regionalización y participación ciudadana en el proceso de selección".
Así y a la espera del rediseño de la Justicia comunal, establece "un nuevo procedimiento de selección por concurso que incluya la evaluación de los antecedentes y las pruebas de oposición de los postulantes, respete criterios uniformes de corrección, y concluya con una entrevista personal que demuestre al cuerpo consultivo las aptitudes democráticas y de respeto a los derechos humanos de los postulantes".
Para las evaluaciones, conforma un consejo consultivo con la participación de los Colegios de Abogados y de las Facultades de Derecho de las universidades nacionales con asiento en la provincia. Establece que los miembros del Consejo Consultivo tengan la obligación de fundamentar sus decisiones dando certeza, seguridad y transparencia al procedimiento de selección.
En cuanto a la selección de los representantes de los Colegios de Abogados y de las Facultades de Derecho debe efectuarse a través de un sorteo público, a fin de despejar cualquier tipo de intromisión indebida. Estos consejeros durarán seis meses en sus funciones desde el primer llamado a concurso y hasta concluir con los trámites iniciados en dicho período de tiempo.
El decreto contempla "un gran marco de publicidad a lo largo de todo el procedimiento e, inclusive, se estima conveniente publicar los antecedentes de quienes resulten seleccionados para integrar la terna que se elevará al Poder Ejecutivo".
El artículo 1 del nuevo decreto "deja sin efecto todos los trámites iniciados" bajo el decreto 2019 y adopta el nuevo procedimiento.
Así, establece que el gobernador limitará su facultad de designación de jueces comunales a aquellas personas que posean título de abogado o procurador y fuesen evaluadas y seleccionadas conforme el sistema de concursos públicos dispuesto en el decreto. "Sin perjuicio de ello, podrán presentarse, por única vez y en la primera convocatoria, quienes revisten el cargo de secretarios en ejercicio efectivo de la función, con una antigüedad en tal cargo de más de 10 años y se desempeñen exclusivamente en el juzgado comunal vacante que dé origen al llamado a concurso".
Más adelante, establece el consejo consultivo de tres miembros encabezado por el secretario de Justicia e integrado por un abogado y un docente que deberán cumplir las funciones ad honórem, pero con posibilidad de tener viáticos y determina cómo se hará la designación de los representantes de los colegiados y de las facultades para integrar el cuerpo con rotación de miembros.
El capítulo II determina el procedimiento de selección de los candidatos fijando cómo se hará el llamado a concurso, los plazos legales, una serie de reglas de procedimiento, la entrevista y demás pasos hasta conformar una terna a elevar al gobernador.
Los candidatos incluidos en la terna deberán presentar una declaración de bienes conforme a lo exigido para funcionarios públicos y la ciudadanía podrá formular observaciones en un plazo de diez días.
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti, encuadró el decreto 992 en el compromiso anunciado oportunamente de dictar resoluciones sobre los tres niveles de la Justicia. "Primero, el gobernador Hermes Binner se autolimitó en la posibilidad de designar candidatos a la Corte Suprema de Justicia y a la Procuración General; después, dimos a conocer el nuevo diseño del Consejo de la Magistratura y, ahora, el decreto sobre el método para seleccionar jueces comunales".
Sobre las vacantes, que estimó en más de 70, recordó que durante la gestión anterior no se cubrió ni una sola de las producidas, por lo que la situación viene de arrastre.
Superti le dijo a El Litoral que a la brevedad se iniciarán las etapas para designar futuros jueces comunales, aclarando que se lo hará con un estudio minucioso de dónde están las principales vacantes.
No obstante, el funcionario provincial resaltó que hoy los jueces comunales tienen en la mayoría de los casos también a su cargo las oficinas de los registros civiles, por lo cual dependen de dos poderes, "lo que no se adecúa a la división que establece la Constitución provincial. Estamos trabajando en un programa para dividir las funciones y rediseñando las ubicaciones de las oficinas del Registro Civil para que lleguen a la gente".
En cuanto a los jueces comunales, la intención del Poder Ejecutivo es trabajar en un programa de juzgados de pequeñas causas que ofrezcan los servicios de medicación, jurisdicción sobre determinados ámbitos y que respondan a los principios de justa defensa de las partes. Estamos pensando en una solución de fondo para la Justicia del interior de la provincia y una reformulación del Registro Civil".
Superti estuvo ayer en Buenos Aires, con la directora nacional del Registro Nacional de las Personas, evaluando la marcha del operativo encarado por el organismo y el gobierno santafesino para normalizar la entrega de DNI atrasados.
"Es óptima la visión que las partes tenemos del acuerdo", dijo Superti, destacando que ya llegaron 10.620 DNI atrasados y se están confeccionado 8 mil por semana.
Agentes del Registro Civil de Santa Fe están en Buenos Aires por 40 días agilizando el trámite. "La idea es normalizar el trámite en ese lapso", afirmó.
Vacantes
Las designaciones de jueces comunales llevadas adelante por Carlos Reutemann sobre el final de su segundo mandato generaron un duro cruce político en la provincia, ya que la oposición de entonces consideró que "hubo discrecionalidad y amiguismo" en las designaciones.
La gestión de Obeid dictó dos decretos, uno a inicios de su gestión, el número 11 del 2004, poniendo como condición el título de abogado o procurador, y una selección por parte del Consejo de la Magistratura, y en agosto de 2006, otro decreto, ahora derogado, establecía una entrevista. En el medio hubo proyectos de ley para fijar un sistema de nombramiento.
Sobre la base del decreto de 2006, la gestión anterior abrió inscripciones e incluso seleccionó candidatos, pero no hubo nombramientos. Éstos son los procedimientos que ahora el decreto de Binner deja sin efecto.