La Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria solicitará al Ejecutivo santafesino la declaración del estado de emergencia agropecuaria para los departamentos 9 de Julio, Vera y Gral. Obligado, en el norte santafesino, debido a la intensa sequía.
Así lo resolvió en una reunión, en la que también facultó al Ministerio de la Producción para que después de realizar la verificación técnica respectiva, defina si corresponde además declarar emergencia para los distritos San Javier y San Cristóbal, también muy afectados por la falta de lluvias.
La reunión fue presidida por el titular de la cartera Producción, Juan José Bertero, asistido por el secretario del Sistema Agropecuario, Agroalimentos y Biocombustibles, Carlos Sartor, y el director general de Análisis de la Producción Agropecuaria, Modesto Malvasio.
Participaron también los senadores de los departamentos mencionados, representantes de entidades agropecuarias, funcionarios provinciales y técnicos del área, entre otros.
En la reunión se analizó la situación de varios distritos correspondientes a los departamentos del norte, afectados por las escasas a nulas precipitaciones desde principio del presente año y de los últimos meses del anterior, que ha producido un impacto negativo en principales cultivos de la zona, como así también en la ganadería.
Culminado el encuentro, Bertero explicó a la prensa que para recibir los beneficios de la emergencia agropecuaria, las explotaciones deberán encontrarse afectadas en su producción o capacidad de producción en, por lo menos, 50%.
Estos beneficios provinciales son las prórrogas de las cuotas del Impuesto Inmobiliario Rural; los productores que se hayan acogido a los beneficios de la moratoria impositiva, y no puedan cumplir con las cuotas establecidas, deben presentar una nota ante la API con el certificado de emergencia respectivo, para que se les reconsidere tal situación y no caer en incumplimiento.
También, los damnificados que estén incluidos en planes de contribución por mejoras, deben presentarse con nota y certificado ante la Dirección General de Catastro e Información Territorial a fin de que se les reconsidere la situación en forma individual.
Se suspenderán por 180 días después de finalizada la situación de emergencia, la iniciación o sustanciación de los juicios o acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos.
Asimismo si la Nación reconoce al decreto provincial de emergencia agropecuaria, el Estado ayudará a los productores, de distintas formas, como por ejemplo, refinanciando deudas con el Banco Nación, con tasa subsidiada; o prórrogas de la DGI de hasta noventa días posteriores a la finalización del período de emergencia para los impuestos nacionales que involucran al sector.