La inadecuada difusión que tuvo el decreto 651 del Ejecutivo Municipal, por el cual el intendente Mario Barletta suspendió por seis meses la exigibilidad de los incrementos de la Tasa General de Inmuebles que superen en un 200 % los valores anteriores generó gran confusión, al punto de que el mandatario debió aclarar con énfasis que la liquidación se había realizado con corrección y pedir a los contribuyentes que paguen el tributo.
Según afirman las autoridades, en esas condiciones se encuentra sólo un 2 % del padrón catastral municipal, es decir, unas 2.700 viviendas de las 125.635 mil existentes. A estudiar esos casos puntuales, ya está abocado personal de la Secretaría de Hacienda y Economía. Su titular, María Belén Etchevarría, informó Äen diálogo con El LitoralÄ que "una vez que revisemos en forma exhaustiva esos casos, que ameritan un estudio en detalle porque presentan situaciones muy atípicas, elevaremos un informe al intendente y al Concejo Municipal, con la propuesta en caso de que corresponda de norma modificatoria para que evalúen las alternativas a adoptar". Las principales dudas surgen porque los padrones presentan, por ejemplo, distintas valuaciones a nivel provincial y municipal; o diferencias entre los metros cuadrados del terreno o de las mejoras declaradas con la información que reúnen ambos catastros.
El decreto en cuestión reglamenta la implementación de la ordenanza 11.498 que modificó el valor de la TGI. Para dictarlo se tuvo en cuenta lo que establece el Código Tributario Municipal (Ley 8.173) que en su art. 73 dice que la TGI es de carácter anual y que los contribuyentes y responsables están obligados a abonar el gravamen en las condiciones y términos que fija el DEM. "Este artículo permite al Ejecutivo dictar el decreto 651 que forma parte de la emisión de la tasa de este trimestre. Con lo cual la emisión y las boletas que han recibido los vecinos es la que efectivamente se debe pagar, ya que para liquidar los nuevos valores se tuvieron en cuenta todas las normativas Äla ordenanza y el decretoÄ a los fines de su emisión, por tanto no hay nadie que deba pagar más del 200 %", reiteró la funcionaria.
Etchevarría fue enfática al aclarar que "el 651 es un decreto reglamentario de implementación de la ordenanza, que en ningún momento desconoce lo que establece la ordenanza 11.498, sino que le da un tiempo al Ejecutivo, a través de la Secretaría de Hacienda para analizar estos casos que presentan dudas e informarlos al intendente y al Concejo Deliberante".
La secretaría afirmó que la gran mayoría de las 125 mil propiedades del padrón catastral municipal "se pudieron aparear sin inconvenientes al momento de vincularlas, es decir, al asociar el número de padrón que registra el inmueble en la Municipalidad con el número de partida que registra el mismo inmueble en la provincia".
Y finalizó: "Con el fin de no cometer errores que puedan perjudicar a los ciudadanos se tomó esta decisión con ese porcentaje del padrón que tenía problemas y se les aplica solamente el incremento de hasta el 200 %".
La secretaria de Hacienda y Economía recordó que está vigente la exención del pago de la TGI para jubilados y pensionados, los cuales pueden obtener una reducción de entre el 10 y el 100 %. El porcentaje está asociado al haber que cobra cada persona, el cual se toma en base a lo que determina el Poder Ejecutivo nacional para las cajas de previsión. A partir de este mes los jubilados cobrarían un incremento del haber mínimo que pasa a $ 690 pesos. Etchevarría brindó algunos ejemplos: "Quien cobra el mínimo está eximido del pago de la Tasa, es decir, que obtiene un descuento del 100 %; quien cobra hasta un 170 % por encima del haber mínimo, es decir $ 1.690, obtiene una reducción del 10 %; y quien cobra hasta un 70 % por encima del haber mínimo, es decir $1.102, tiene un descuento del 50%".