Política: POLI-02
Es al cobro del uso del espacio aéreo
Ratifican un derecho municipal
La Cámara de Diputados votó una ley aclaratoria donde confirma la vigencia del pago del 6 % de la facturación bruta de la EPE a municipios y comunas. El beneficio había caído con la ley de privatización del sistema eléctrico.

Mario Cáffaro

La Cámara de Diputados votó, por unanimidad, una "ley aclaratoria del contenido y alcance de la ley provincial 12.700", norma ésta que devolvió a la órbita del Estado a la Empresa Provincial de Energía tras el fallido proceso de privatización encarado en 1999, cuando se transformó en sociedad anónima.

La ley aclaratoria modifica el artículo segundo de la 12.700, que dirá "restablécese la plena vigencia de las provinciales 10.014 y 7.797". Esta última ley data de 1975 y dispone el pago del 6 % de lo recaudado por la EPE por venta de energía eléctrica a municipios y comunas donde presta el servicio por concesión. Este beneficio fue derogado con la privatización de 1999.

Raúl Lamberto, jefe de la bancada del Frente Progresista fue el único que habló sobre el tema en el recinto y explicó que la necesidad de aclarar el sentido de la norma apunta a evitar la proliferación de planteos de particulares ante la Justicia y ante organismos del Estado sobre la cuestión. Lamberto también aclaró que, como nunca se concretó la privatización de la EPE, los municipios y las comunas nunca dejaron de percibir ese 6 %. No obstante, por un olvido, al reponer la ley orgánica de la EPE, no se mencionó explícitamente la norma del año 1975.

El proyecto votado fue ingresado por Lamberto, su par socialista Sergio Liberati; el radical Leonardo Simoniello y los justicialistas Silvia De Césaris, Adrián Simil y Enrique Marín, todos integrantes de la Comisión de Juicio Político que es desde donde surgió el tema.

Antes del receso invernal, el pleno de Diputados rechazó un pedido de juicio político a vocales del Tribunal de Cuentas solicitado por un particular, que entendió que el cuerpo no hizo cumplir una norma sobre la EPE. En la misma sesión, se ingresó el proyecto de ley que ayer obtuvo media sanción. Ambos expedientes están emparentados.

Los argumentos

La comisión de Juicio Político recomendó al pleno del cuerpo enviar al archivo el pedido de Roberto Ángel Prieu, quien había cuestionado en una presentación al Tribunal de Cuentas que no exigió a la EPE el pago a municipios y comunas del uso del espacio aéreo.

"Si se diera curso al pedido, se estaría sancionando una falta de opinión por parte del Tribunal de Cuentas, sobre una materia cuanto menos controvertida, ya que existe un complejo normativo que incluye cuatro leyes provinciales (7.797, 10.014, 11.727 y 12.700). Además, también existen numerosos convenios preexistentes cuya validez fue reconocida por la ley de privatización de la EPE", afirmó el dictamen. Recuerdan que, desde la sanción de la ley 11.727 hasta la sanción de la 12.700, la EPE continuó funcionando bajo la figura jurídica anterior y con el plexo normativo preexistente, ya que la privatización que organizaba la primera norma nunca se puso en ejecución.

Pero, además, entendió la comisión que el pedido de Prieu "estaría reclamando al Tribunal de Cuentas una decisión que excedería las atribuciones" que le fija la ley de administración.

En cuanto al proyecto votado anoche, modifica el artículo 2 de la ley 12.700, el que pasará a estar redactado de esta manera: "Art 2- Restablécese la plena vigencia de las leyes provinciales 10.014 y 7.797".

Se explicó que esta última norma, sancionada en 1975, establecía que la entonces Dirección Provincial de Energía, luego EPE, abonaría a los municipios y comunas donde prestaba servicios por el uso del espacio aéreo el 6 % de lo que recaudare por entradas brutas por venta de energía eléctrica, excluyendo el facturado a servicios oficiales de alumbrado público.

En enero de 2000, al sancionarse la ley 11.727 que establecía los lineamientos básicos para iniciar el proceso de privatización de la EPE, dispuso la derogación de las leyes 10.014 y 7.797. "El proceso de privatización nunca se puso en marcha, no teniendo efectos prácticos dicha ley" dice el proyecto en sus fundamentos.

En diciembre de 2006, la ley 12.700 reconoció la inaplicabilidad de la ley 11.727 y retornó al marco normativo anterior. Ahora, consideran los diputados "adecuado el establecimiento expreso de la ley 7797 que integrara el plexo normativo anterior a la ley de privatización, el cual adquiere plena vigencia con el restablecimiento de la ley 10.014".

Cuatro leyes en juego

Entre el pedido de juicio político rechazado y el proyecto de ley votado anoche por Diputados juegan cuatro normas referidas a la actual EPE.

Ley 7.797: es del 28 de noviembre de 1975 y dispone el pago del 6 % de lo recaudado por la EPE por venta de energía eléctrica a municipios y comunas donde presta el servicio por concesión. La norma fue derogada por la 11.727 de 1999.Los dos artículos centrales de la norma que ahora se busca reponer decían: "Artículo 1º- A partir de los sesenta días de la promulgación de la presente ley, la Dirección Provincial de la Energía abonará a aquellas Municipalidades y Comunas donde preste servicios por concesión de los mismos el 6 % (seis por ciento) de lo que se recaude por entradas brutas por venta de energía eléctrica, excluyendo el facturado a servicios oficiales de alumbrado público, de tracción eléctrica y distribuidores. Artículo 2- Las Municipalidades y Comunas que tengan derecho a gozar del beneficio que señala el artículo anterior y que, a la promulgación de la presente ley, adeuden a la DPE la facturación de bimestres atrasados por el suministro de energía eléctrica deberán previamente, y para percibir dicho beneficio, celebrar con el mencionado ente estatal convenios de pagos de la deuda atrasada, para ser cobrada de los fondos de coparticipación que le correspondiere a cada una de las Municipalidades y Comunas". Ley 10.014: del 18 de diciembre de 1986; es la que aprueba el estatuto orgánico de la Empresa Provincial de Energía, que reemplaza a la DPE bajo la figura de persona pública estatal. Ley 11.727: del 30 de diciembre de 1999, que abría el camino para la privatización de la EPE al transformarse en sociedad anónima y derogó la 10.014. Esta norma derogó la 7.797 de 1975. Ley 12.700: del 14 de diciembre de 2006 que deroga la 11.727 y restablece la plena vigencia de la 10.014