Sucesos: SUCE-08 Se puso siliconas, la echan y ahora la deben indemnizar

Buenos Aires (DyN) .Ä La Justicia laboral consideró "injustificado" el despido de una trabajadora que se ausentó durante una semana de su trabajo, previo aviso, para realizarse una operación de implante mamario estético.

La Sala Tercera de la Cámara laboral, con las firmas de los jueces Roberto Eiras y Elsa Porta, rechazó el argumento utilizado por la empleadora -cuya identidad, al igual que la de la trabajadora esta agencia mantendrá en reserva- para producir el despido sin derecho a indemnización.

La empleadora había argumentado que "la intervención quirúrgica a que se sometió la actora era sin fines terapéuticos (sino) para procurar el perfeccionamiento físico de la persona", por lo que "podía realizarla en otra oportunidad en que no interfiriera con sus labores".

La situación estalló en noviembre de 2005, después de una relación laboral de unos ocho años sin contratiempos ni sanciones de ningún tipo.

"En octubre de 2005 la actora notificó en forma verbal a la empleadora que tenía la intención de realizarse un implante mamario, hecho que luego fue notificado mediante el telegrama del 16 de noviembre del mismo año por el cual también le hacía saber que desde el 23-11-2005 al 30-11-2005 se realizaría la mencionada intervención, es decir que la empleadora tenía pleno conocimiento de que la actora se iba a ausentar de sus labores durante el plazo señalado", explica el fallo, al que tuvo acceso DyN.

Un día después de la operación de implante mamario, la empleadora intimó a la empleada "para que justificara sus inasistencias y retomara tareas dentro del plazo de 24 horas... y finalmente el día 30 de noviembre de 2005 decidió el despido" por presunto "abandono de trabajo", añade el documento.

Pero la Cámara laboral consideró que para que se configure la causal de despido por "abandono de trabajo" es necesario "determinar que el ánimo del trabajador sea el de no reintegrarse a sus tareas, ya que no toda ausencia permite inferir la existencia de ese elemento subjetivo".

"El despido decidido por la demandada resulta injustificado y contrario a derecho, atento que tenía cabal conocimiento de las razones por las que la actora no concurría a prestar tareas, por lo que mal podía invocar abandono de trabajo", replicaron los camaristas.

Además, consideraron que "resulta irrelevante que la demandada entendiera que la cirugía a la que se sometió la actora era innecesaria, porque en definitiva, se trata de un hecho que integra la zona de reserva o de privacidad de la trabajadora que debe ser respetada por el empleador".

Así, condenaron a la empleadora a indemnizar por despido incausado a la trabajadora con algo más de 36.000 pesos más intereses a contar desde el momento en que se rompió la relación laboral.