La Caja de Jubilaciones Municipal prevé un déficit de 15 millones para 2008
El retiro anticipado insumió 33 millones
del presupuesto desde que fue creado
La cifra se conoció luego de que el Concejo otorgara beneficios previsionales a ex combatientes de Malvinas y el intendente los vetara. El retiro existe desde la gestión Balbarrey y desestabilizó a la Caja Municipal de Jubilaciones.
De la Redacción de El Litoral
Tras hacerse pública la decisión del intendente Mario Barletta de vetar parcialmente la ordenanza que otorgaba la posibilidad de obtener una jubilación especial adelantada a empleados municipales que hayan combatido en las islas Malvinas, se generó la aclaración desde la Junta Administradora Caja de Jubilaciones y Pensiones sobre el estado económico del organismo.
En la anteúltima sesión del Concejo Municipal, María Lastra -del Frente para la Victoria y autora de la propuesta que se dejó en parte sin efecto- manifestó su disconformidad y obtuvo posteriormente los argumentos del oficialismo sobre la resolución del intendente. Según señaló en la ocasión Carlos Pereira -del Frente Progresista Cívico y Social- el bloque al que pertenece elaboró y presentó al cuerpo legislativo una propuesta en el mismo sentido pero viraría la responsabilidad del pago de las jubilaciones al municipio, con la inclusión de los montos en el presupuesto anual, tal como lo determinó la anterior gestión municipal en 2004. Hasta la actualidad, esa determinación, le significó al municipio casi 33 millones de pesos.
Por su parte, el presidente de la Caja de Jubilaciones, CPN José María Telesco, aclaró la situación del organismo y dijo estar de acuerdo con el otorgamiento de beneficios a ex combatientes, pero no con los previsionales brindados por Lastra, por ser “antieconómicos y antijurídicos que atentan contra el principio del sistema previsional de reparto, solidario, con aportes y no asistencial, que hicieron viable la existencia del organismo por más de 100 años”.
Como titular de la Caja, Telesco aclaró que antes de conceder los reconocimientos no se les solicitó opinión con respecto al sistema de jubilación ordinaria anticipada especial para ex combatientes y los provechos reconocidos por parte de la provincia y la nación.
Caja deficitaria
La norma elaborada por Lastra preveía la posibilidad de obtener un beneficio jubilatorio con 45 años de edad y 20 de servicios computables, lo que para Telesco, “atenta directamente contra las finanzas de la Caja” ya que en el balance del año pasado arrojó un déficit estructural anual de 10.179.557 millones de pesos y para finales de 2008 se proyectan 15 millones de pesos negativos.
“Las sumas se incrementarán ostensiblemente con el otorgamiento de jubilaciones de privilegios subvencionadas por este organismo mediante los aportes de todos los afiliados”, señaló Telesco.
Actualmente, es notable el deterioro de la relación activo-pasivo, lo que según Telesco se profundizaría más aún con la inclusión de los ex soldados y “se contrapone a todo pensamiento previsional sostenido en el orden mundial referido a la elevación de la edad jubilatoria atento a los niveles de sobrevida actuales”
La posibilidad de que al agente una vez jubilado se le descuente de su haber el aporte que adeuda y la Municipalidad efectúe los aportes patronales “no hace al financiamiento del sistema previsional atento que la Caja deberá soportar el pago de haberes por anticipado sin haber ingresado primero la totalidad de los aportes como en la generalidad de los casos”.
Criterio antijurídico
Que a una persona se le permita jubilarse 20 años antes del tiempo establecido para cualquier trabajador común y que se le posibilite computar como fehacientes para el cálculo del futuro haber 30 años de servicios, cuando en realidad aportó 20, para Telesco es una decisión antijurídica. Aunque el beneficio no es obligatorio sino opcional.
“No se comprende el privilegio que se pretende brindar a los trabajadores de los municipios y comunas y la zona adheridas a la Caja porque se encuentran -con 45 ó 50 años- en su mejor etapa laboral por su madurez y el conocimiento adquirido por lo que no se justifica su alejamiento”, ratificó el contador.
Además, consideró para oponerse la posibilidad de algún padecimiento físico, ya que el afiliado cuenta con la jubilación por invalidez y si acepta el beneficio lograría una jubilación común por lo que pierde la alternativa de cobrar el seguro de vida mientras viva “que como activo es muy superior que el que la viuda percibirá cuando fallezca”.
“Entendemos que la ordenanza sancionada no es viable y de serlo se deberían realizar cambios sustanciales”, aclaró Telesco al tiempo que se estaba produciendo el veto de la misma.




