Candidatos a jueces comunales
Analizan un planteo por ternas anuladas
De la redacción de El Litoral
Prensa Poder Judicial
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe resolvió que la Cámara en lo Contencioso Administrativo deberá decidir si el decreto provincial Nº 0992/08- que dejó sin efecto la selección de jueces comunales realizada durante la gestión del gobernador Obeid- es o no constitucional.
La resolución de la Corte surge a partir del planteo realizado por aspirantes a cargos de jueces comunales, que habían resultado ternados para cubrir vacantes en diferentes juzgados de la provincia. Una vez estipuladas las ternas, el Poder Ejecutivo optó por dejar en manos del gobierno entrante la elección entre los candidatos ternados, y no envió los pliegos respectivos a la Legislatura. El actual gobierno, por su parte, emitió el decreto Nº 992/08, dejando sin efecto todo el proceso de selección antes mencionado.
Ello originó el reclamo de los postulantes seleccionados, quienes acudieron ante la Justicia Civil rosarina, reclamando que se declarara la inconstitucionalidad de dicho decreto.
El titular del juzgado en lo Civil y Comercial de la Decimoquinta Nominación se declaró incompetente para intervenir en el asunto, entendiendo que la cuestión debía ser analizada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo, dada su naturaleza. La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, con abundante fundamentación, resolvió declarar que el presente caso es de competencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Por lo cual le tocará a este órgano determinar si el decreto firmado por el gobernador Hermes Binner se enmarca o no en las normas constitucionales.




