Con un sencillo trámite
Hasta hoy 900 personas eligieron
no votar en las elecciones internas
Así lo informó el Tribunal Electoral de la provincia ante la consulta de El Litoral. Las autoridades afirman que es una cifra importante si se la compara con años anteriores y que la mayoría de las personas argumenta no querer participar de una interna.
De la Redacción de El Litoral
Hasta esta mañana, el Tribunal Electoral de la provincia informó que en la ciudad de Santa Fe, hasta ayer, 900 personas presentaron la constancia de no emisión de voto para las elecciones primaria, abiertas, obligatorias y simultáneas del próximo domingo. En el resto de los departamentos, sumaban 711 según el registro de la policía provincial.
Para realizar el trámite se debe concurrir personalmente a las comisarías, subcomisarías o el mismo Tribunal Electoral con el Documento Nacional de Identidad y completar un formulario por triplicado con los datos del solicitante hasta el viernes 31 de 7 a 13 y de 14 a 20. Dos de las copias se reservan en el lugar de emisión y la otra la conserva quien haya decidido no votar.
El paso siguiente que deberán cumplir los no votantes después del domingo, y hasta el 25 de septiembre consiste en concurrir al Tribunal Electoral de la provincia nuevamente con el DNI y el formulario para su sellado.
Según explicaron autoridades del Tribunal, este año en particular hubo muchas solicitudes de excisión, más que en elecciones generales.
“A la gente le incomoda bastante tener que participar de una votación que en cierto modo no es definitiva. La mayoría dice que es una responsabilidad de los afiliados a los partidos políticos y no de todos los ciudadanos”, explicó la encargada de recibir los formularios.
Multas
En el apartado “Violación de la Ley Electoral: penas y régimen procesal” del Código Electoral Nacional se contemplan multas de 50 pesos hasta 500 pesos “al elector que dejase de emitir su voto y no se justificare ante cualquier juez electoral de distrito dentro de los 60 días de la respectiva elección”.
En el caso de acreditar la no emisión del voto “por alguna de las causales que prevé la norma, se asentará constancia en su documento cívico”.
Además de la sanción en dinero, la ley establece que “el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. El juez electoral de distrito, si no fuere el del domicilio del infractor, comunicará la justificación o pago de la multa al juez electoral donde se encontraba inscripto el elector”.
El pago de la multa se acreditará mediante estampilla fiscal que se adherirá al documento cívico en el lugar destinado a las constancias de emisión del voto y será utilizada por el juez electoral, el secretario o el juez de paz.
Además, “el infractor que no la oblare no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estables nacionales, provinciales o municipales”.