Otro paso para cumplir las disposiciones del Nuevo Código Procesal
La Legislatura sancionó la nueva
organización para la Justicia penal
La ley regula el juzgamiento por parte de los magistrados y la derivación de casos por parte de la Oficina de Gestión Judicial. Diferencias entre Vera y Reconquista demoraron la sanción.
Mario Cáffaro
La etapa de transición en el ámbito de la Justicia penal dio otro sólido paso ayer en la Legislatura al quedar sancionado el mensaje del Poder Ejecutivo disponiendo la organización de los nuevos tribunales penales de la provincia, sumándose a las normas sobre organización del ministerio público de la acusación y al servicio oficial de la defensa definidas la semana pasada.
La ley aprobada ayer por Diputados es clave para la organización y funcionamiento futuro del sistema penal donde los jueces ya no serán titulares de juzgados sino de causas que les serán derivadas por una Oficina de Gestión Judicial.
El proyecto logró una sólida mayoría en ambas cámaras aunque tuvo que recorrer cinco instancias -lo máximo previsto en la Constitución provincial- hasta quedar sancionado. Tres de esas instancias fueron resueltas ayer mismo. Es que Diputados insistió con la aprobación original del texto y lo devolvió al Senado que en la misma tarde votó su propio texto el que desechó finalmente la Cámara Joven que dejó firme su postura. La diferencia entre ambas cámaras fue la disputa entre Vera y Reconquista por la ubicación del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal. Ayer mismo, intendentes norteños y directivos del Colegio de Abogados de Reconquista siguieron las distintas instancias legislativas. En el Senado, las posturas fueron expresadas por los senadores de Vera y General Obligado mientras que en Diputados el socialista Raúl Lamberto y el justicialista Enrique Marín respaldaron la posición del cuerpo mientras que la radical oriunda de Vera, Analía Schpeir, y el justicialista de San Javier, Adrián Simil, pidieron abstenerse de votar.
“Todos los asuntos vinculados a apelaciones por hechos cometidos dentro de los distritos 4 y 17 dentro de la circunscripción cuarta serán tratados y juzgados en apelación en Reconquista. Para esto, la Cámara de Vera se deberá constituir -como mínimo- dos veces a la semana en Reconquista a los efectos de dar tratamiento ya sea por sentencia o trámites previos” explicó Lamberto la opción salomónica definida por el Poder Legislativo.
Habrá que recordar que cuestiones históricas, actualmente en la circunscripción cuarta los juzgados penales se encuentran asentados en Vera mientras que el fuero civil, comercial y laboral está en Reconquista. Desde la cabecera de General Obligado se insistió en reclamar garantías de cercanía para la apelación en la nueva Justicia penal, teniendo en cuenta, especialmente, la probabilidad de mayores causas que en el resto de la circunscripción.
“Nos complace esta decisión de rescatar los valores, las opiniones y las circunstancias del norte que se ha movilizado a Santa Fe para conversar con nosotros sobre la Justicia penal”, destacó Marín en el recinto.
Lo que significa la ley
Sobre los alcances de la norma sancionada, Lamberto la consideró “sumamente importante” ya que por un lado “contempla toda la estructura de cómo se van a adjudicar las causas donde adquiere relevancia la Oficina de Gestión Judicial que es la que va a asignar los casos a cada uno de los jueces. En segundo lugar a partir de esta estructura, los jueces ya no son de juzgados sino de causas, o sea que el juez llegará a la sala y se le va a asignar una causa, va a recibir la investigación de los fiscales, la defensa de parte de los imputados y procederá a resolver en todas instancia en juicio oral. Toda esta estructura de la nueva organización del Poder Judicial penal es la que contempla esta ley que se acaba de sancionar”, recalcó el socialista al retirarse del recinto.
La Legislatura sancionó la semana pasada las leyes del ministerio público fiscal y del servicio general de defensa, le faltaba la tercera pata de esta estructura que es la organización del encargado de juzgar, cómo se regula el sistema de juzgamiento por parte de los magistrados.
En los 40 artículos de la norma se establece una Justicia penal separada del resto de la Justicia, con un fuero penal que se organiza por colegios dejando de lado el sistema de juzgados feudos que rige actualmente. Además la actividad de los jueces estará diferenciada de la gestión administrativa.
Los jueces de aquí en más tendrán obligación de rendir cuentas a la sociedad. Como todo organismo del Estado, una vez al año explicarán y darán cuenta de la actividad que han llevado a cabo en ese período cuantitativa y cualitativamente. El objetivo de esta medida es tanto la transparencia del sistema como la posibilidad de que el trabajo de los jueces sea conocido por los ciudadanos, se explicó en los considerandos del mensaje.
La organización territorial de la Justicia penal se ajusta en cuanto a circunscripciones, distritos y circuitos a la división prevista en la ley orgánica actual, en cada una de las circunscripciones se constituirá un colegio de Cámara de Apelaciones con asiento en Vera, Rafaela, Santa Fe, Rosario y Venado Tuerto. Además en cada uno de los distritos donde existen cuatro o más jueces penales de primera instancia se constituirán colegios de primera instancia. En cuanto a los colegios de cámara de apelaciones se integran como mínimo, con cuatro jueces, y se dividirán en salas para la adjudicación de las cuestiones a resolver.
Por último, la norma crea 20 cargos de jueces de primera instancia y 10 de cámara que se sumarán a la actual estructura del fuero penal.




