Retoques al Código de Faltas
Santa Fe se pone en sintonía para
prevenir la violencia en el fútbol
La Cámara de Diputados votó un proyecto para adecuar su legislación a la nacional. Así se sumará al Registro Nacional de Infractores a la ley del deporte.
Mario Cáffaro
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Sin discursos, por unanimidad y en forma muy rápida, la Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de ley que actualiza la legislación provincial en materia de prevención de la violencia en los espectáculos de fútbol para incorporar normas de la ley nacional tanto en materia contravencional como las que tienen naturaleza procesal penal.
La iniciativa lleva la firma del propio presidente de la Cámara, Eduardo Di Pollina, quien fue acompañado por los oficialistas Santiago Mascheroni, Sergio Liberati, Raúl Lamberto, Antonio Riestra, Pablo Javkin y Darío Boscarol. En principio, Di Pollina tenía previsto dejar la presidencia del cuerpo para sentarse en una de las bancas para fundamentar el proyecto y, finalmente, no lo hizo por lo avanzada de la hora en que la Cámara estaba sesionando el pasado jueves.
La base de la iniciativa es el anteproyecto consensuado en el ámbito del comité provincial para la prevención de la violencia en el fútbol puesto en marcha por la actual gestión provincial donde convergen autoridades del Poder Ejecutivo, directivos del clubes, jefes policiales y autoridades de los municipios con equipos de fútbol en las principales divisiones del fútbol argentino. También hubo consulta de los legisladores a los jueces de faltas y se concluyó en la necesidad de actualizar la legislación provincial para adecuarla a la nacional.
Si bien la provincia había adherido a dos normas anteriores, no lo ha hecho aún con las disposiciones de la ley Nº 26.358 que -entre otras cosas- crea el Registro Nacional de Infractores a la ley del deporte. Esta norma define con suficiente amplitud aquellas circunstancias en las cuales una falta puede ser tipificada como ocurrida en ocasión de espectáculos deportivos y facilita al juez interviniente la posibilidad de aplicar una cautelar de interdicción, definiendo de qué manera se cumple y disponiendo un radio mayor de cumplimiento.
También se faculta a la máxima autoridad policial que al constatar un hecho los tipificados como faltas en espectáculos deportivos, pueda disponer una prohibición provisional de concurrencia, notificándola en el mismo acto con la posibilidad de revisión judicial en el plazo estipulado en el propio código contravencional.
Alcances de lo votado
El proyecto votado por Diputados y girado al Senado incluye en el régimen de seguridad en el fútbol a todas las entidades deportivas que cuenten con instalaciones para la realización de espectáculos futbolísticos en la provincia. En materia contravencional, se hacen cinco modificaciones al Código de Faltas, una de las cuales incluye en el texto a las faltas que se cometen en las prácticas o en los entrenamientos deportivos, antes, durante y después así como a hechos cometidos por aficionados o grupos de ellos en el itinerario seguido hacia el estadio, dentro de éste, en las inmediaciones o al retirarse.
Otras de las reformas apuntan a prohibir al contraventor a concurrir a espectáculos facultando a las autoridades a disponer la medida en forma preventiva y hasta los 500 metros a la redonda del estadio.
En materia penal, el juez al dictar un auto de procesamiento, podrá disponer en forma cautelar que el imputado se abstenga de concurrir a este tipo de espectáculos mientras dure el proceso y si es condenado a la hora de ejecutarse la sentencia le será computado un día de interdicción preventiva por un día de cumplimiento efectivo.
Un último artículo deja en manos de la reglamentación de la futura ley el mecanismo de comunicación inmediata al registro nacional de infractores a la ley del deporte.