No puso en riesgo a terceros

Trabajo comunitario para conductor borracho

DyN

La Justicia de la Capital Federal aceptó la “probation” para un conductor sorprendido al mando de su vehículo con un nivel de alcohol en sangre cinco veces superior al permitido, pese a lo cual “no se probó que ello haya generado un peligro cierto sobre la vida e integridad física de terceros”.

El caso se originó cuando el conductor fue sometido a un test de alcoholemia el 23 de mayo pasado, a las 20.25, cuando circulaba con su por la calle El Salvador al 5600 de Capital. El análisis arrojó que tenía “una concentración de alcohol de 2,26 gramos por litro de sangre” (el máximo permitido para conductores particulares es de 0,5).

El hombre pidió la probation o “suspensión del juicio a prueba” y ofreció “una entrega dineraria por la suma de 400 pesos a la institución que se determine, abstenerse de conducir cualquier tipo de rodado por el término de 30 días corridos y asistir al curso que se dicta en la Dirección General de Educación Vial y Licencias del gobierno” porteño. El fiscal contravencional Adrián Martín se opuso, pidió una pena de dos días de arresto o, en su defecto, una probation con medidas más rigurosas, entre ellas “abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, aprobar el curso de educación vial, abstenerse de conducir durante 40 días corridos, inmovilizar el rodado durante 40 días corridos, realizar tareas comunitarias durante 20 días o 160 horas y dar a favor de una entidad de bien público la suma 3.300 pesos”.

Pero el juez en lo contencioso administrativo y tributario Guillermo Morosi consideró que la probation “resulta procedente, aun cuando no se cuente con el consentimiento del Representante del Ministerio Público Fiscal”. “Si bien al momento de informarle al imputado el hecho endilgado se le hizo saber que consistía en haber conducido un vehículo en estado de intoxicación por la ingesta de alcohol, en virtud de que el resultado del test de alcoholemia arrojó un resultado de 2,26 miligramos, no se probó que ello haya generado un peligro cierto sobre la vida e integridad física de terceros”, consideró el juez.

“Si bien los hechos investigados en el expediente podrían conectarse con la problemática que, con bastante frecuencia, trae aparejada la ingesta de bebidas alcohólicas, ello tampoco puede ser un motivo válido para oponerse a la concesión” de la probation, añadió. El juez insistió en que “de lo actuado no surge de modo fehaciente -ni la Fiscalía lo ha probado-, que el hecho haya puesto en peligro “inminente’ la vida o la integridad física de terceros -circunstancia que no cabe deducir únicamente del resultado del test de alcoholemia practicado al imputado”. El juez rechazó también la propuesta de la fiscalía para que se le prohibiera al conductor beber alcohol. “La regla de conducta consistente en abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas excede el marco del hecho endilgado, por cuanto no se advierte el motivo por el cual el imputado no podría hacerlo en su esfera privada, fuera de los casos como el presente (al conducir vehículos) y en la medida en que no ponga en riesgo bienes jurídicos de terceros”, sostuvo el magistrado porteño.