Sigue la polémica por el lugar de emplazamiento

Responden sobre el cementerio de Arroyo Leyes

De la Redacción de El Litoral

[email protected]

En respuesta a los dichos del presidente comunal de Arroyo Leyes, Horacio Macedo, el presidente de la minoría Marcelo Gagliardi, señaló que “debo decir que durante 19 años venimos incluyendo en nuestra plataforma política como obra prioritaria la construcción del cementerio, ya que surgía como una necesidad ineludible en el futuro inmediato, para no depender de la otra comuna vecina.

Ya como minoría dentro de la Comisión Comunal, y previendo el problema, propuse su creación en el año 2001 bajo el expediente 87/01, al que ni siquiera se me contestó. Ahora bien, el señor Macedo miente cuando dice, “luego de esta aprobación, la minoría salió diciendo que era el lugar indicado para realizarlo’, ya que en reunión de comisión comunal, expresamente fijé mi posición de la necesidad del cementerio, pero no de la ubicación propuesta, ya que se encuentra dentro de una trama urbana, que la misma comuna generó al vender los terrenos del loteo donado por la señora Gertrudis Leguizamón de Díaz.

“A continuación, presenté tres notas, a los organismos provinciales competentes, para que ellos brinden su dictamen sobre el tema: 07/04/10, Ing, Cesar Mackler, Secretaría de Medio Ambiente, 27/04/10, Lic. Mónica Bifarello Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas, 10/05/10, Ing. Pablo Estorani, Recursos Hídricos, asesoramiento que Macedo debería haber solicitado, como primera medida en un tema tan delicado como este. La conclusión de la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas, es terminante, entre otras cosas dice, “la ubicación propuesta resulta inadecuada y no se encuadra dentro de las normativas vigentes, por lo que deberá seleccionar otro sitio para el desarrollo del proyecto cementerio comunal’.

“Las normativas a que alude dicen “...los cementerios deberán ser implementados fuera de las ciudades y de las zonas previstas para expansión urbana, aislado de cualquier asentamiento urbano’ y “se reservará una franja perimetral de 200 metros de ancho sujeta a restricción Non Edificandi, arbolada...’. Decreto 7317/67 en vigencia y Decreto 0563/78 Art. 6to. para comunas que no cuenten con instrumento de regulación urbana.

“Con referencia a la nota presentada en la comuna el día 26/05/10, por la Asociación Vecinal junto con otras instituciones intermedias y 8 hojas de firmas de vecinos, donde se cuestiona la ubicación del Cementerio Comunal, no la obra, y se solicitan medida de no innovar.