Sobre la transferencia gratuita de depósitos judiciales al Banco Municipal de Rosario
CPN José Luis Milessi
Según información publicitada por funcionarios Municipales, el Banco Municipal de Rosario ha recibido 250 millones de pesos en depósitos judiciales de los tribunales que funcionan en la ciudad de Rosario. Como son depósitos estables, de baja rotación, cautivos, y con exigencias de encaje bancario mínimas, aumentan considerablemente la capacidad prestable del Banco y con ello su capacidad de generar ganancias.
Tal transferencia fue posible porque el Gobierno Provincial, al establecer las condiciones de licitación del Agente Financiero Provincial, dispuso mediante Decreto Nro. 0288 (04/03/2009) que se excluyeran tales depósitos de la licitación, señalando en los considerandos: “Que, por otra parte, el Poder Ejecutivo ha decidido atender un reclamo de larga data relativo a que los fondos provenientes de los depósitos judiciales de los tribunales de la ciudad de Rosario sean depositados en una banca pública local”.
La única banca pública local existente era el Banco Municipal de Rosario, por lo que el Decreto -sin nombrarlo- le concedía de manera directa y sin licitación alguna el manejo de los depósitos judiciales.
Tal disposición restó valor a la licitación y seguramente fue tenida en cuenta por el Nuevo Banco de Santa Fe al cotizar su canon, puesto que con menores depósitos el negocio del privado es menor y por ello paga también un canon menor. Puedo afirmar que hay algún peso que no recibe la Provincia y que hubiera recibido de mantenerse la situación anterior.
El Banco Municipal de Rosario compete solamente a Rosario, como todo lo bueno y malo que tiene esa ciudad maravillosa, pujante y en muchos aspectos ejemplar. Es así que para mantenerlo en el marco municipal, las autoridades municipales rosarinas lo han capitalizado acorde los requerimientos del Banco Central de la República Argentina, para lo que seguramente incluyeron en el presupuesto municipal los fondos que destinaron a ello.
Ahora bien disponer que el manejo de parte de los fondos judiciales, beneficiara a un ente Municipal, es injusto y así pude manifestarlo en un reportaje que sobre temas vinculados a la Coparticipación Federal se publicara en el Diario El Litoral, el sábado 7 de Marzo de 2009.
Pensé que alguna intervención de la legislatura o del tribunal de cuentas señalaría que tal transferencia de fondos es en los hechos una transferencia de riqueza al Banco Municipal de Rosario, que en ningún caso podría ser gratuita. Me pregunto incluso si no debía ser el Poder Judicial quien debía licitar el servicio y poner las condiciones del mismo, incluso obteniendo allí un ingreso para su siempre escaso presupuesto.
Lo que si puedo afirmar -sin duda alguna- es que el Banco Municipal de Rosario debe abonar al Tesoro Provincial, un canon por los beneficios que genera la administración de los depósitos judiciales. De no ser así se ha materializado un beneficio extrapresupuestario, a un Municipio, en desmedro de un ingreso Provincial, sin debate legislativo (como sí lo tiene el Presupuesto), y de una forma que replica el estilo de las concesiones directas del gobierno nacional, al que se critica con palabras y se imita en los hechos, eso sí: con mejores modos y mayor astucia.




