Igualitario para contrayentes del mismo sexo

Desde el 15 de julio rige en nuestro país -el primero en Sudamérica- la ley 26.618, de matrimonio igualitario. Permite a las parejas del mismo sexo casarse en el Registro Civil y el mismo derecho de adoptar niños que las parejas heterosexuales.

TEXTOS. REVISTA NOSOTROS. FOTO. EL LITORAL.

Igualitario para contrayentes del mismo sexo Los pioneros En la ficción

En nuestra ciudad, el Registro Civil ya había dado algunos turnos para casamientos igualitarios.

Argentina se convirtió en el primer país sudamericano en legalizar los matrimonios homosexuales cuando, el pasado 15 de julio, el Congreso de la Nación promulgó la ley 26.618, que modifica el Código Civil para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, en igualdad de condiciones con las parejas heterosexuales.

El decreto 1.054/2010 promulgó esa ley, que fue sancionada tras un arduo y prolongado debate que duró más de medio día, después de tres meses de discusión en comisión y de tres años de campaña de la comunidad gay-lésbica.

La ley -que contiene 43 artículos- establece que las parejas homosexuales podrán casarse en cualquier registro civil del país a partir del 2 de agosto de 2010, luego de transcurridos los ocho días establecidos para su entrada en vigencia. Pero también las habilita a adoptar hijos como cónyuges.

Con la entrada en vigencia de la nueva ley, el matrimonio se celebrará entre “contrayentes”, con independencia de que sean del mismo o de diferente sexo.

El nuevo ordenamiento reconoce los mismos derechos y obligaciones para los matrimonios entre homosexuales o heterosexuales y establece que todas las referencias a la institución del matrimonio que contiene el ordenamiento jurídico argentino se entenderán aplicables tanto al matrimonio constituido por dos personas del mismo sexo como al formado por dos personas de distinto sexo.

Precisa -además- que ninguna norma del ordenamiento jurídico argentino podrá ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio o goce de los mismos derechos y obligaciones, a los matrimonios constituidos por personas del mismo sexo o formado por personas de distinto sexo.

TAMBIÉN LA ADOPCIÓN

Para la adopción, la nueva legislación vigente establece el mismo derecho para los matrimonios homosexuales o heterosexuales y puntualiza que el niño o niña adoptado podrá llevar el apellido de los dos cónyuges y, si no hay acuerdo sobre cuál usar primero, se decidirá por orden alfabético.

Si hubiera sido adoptado por uno de ellos, llevará primero el apellido del adoptante, al que se podrá sumar el de la pareja.

Dispone que -en caso de separación en los matrimonios heterosexuales- el menor debe permanecer con su madre hasta los 5 años, mientras que en los constituidos por personas del mismo sexo será el juez el que deberá resolver teniendo en cuenta el interés del menor.

En cuanto a la responsabilidad como padres, las parejas del mismo sexo tienen las mismas obligaciones que los heterosexuales y cualquiera de los miembros de la pareja puede ser demandado por prestación de alimentos.

Por último y entre otras cuestiones, la ley 26.618 dispone también que, en caso del matrimonio entre personas del mismo sexo, será optativo para cada cónyuge añadir a su apellido el de su cónyuge, precedido por la preposición “de”.

Fuente: www.porlaley.blogspot.com

Los pioneros

A 15 días de implementada la ley 26.618, cuatro parejas de hombres de Santiago del Estero, Santa Fe (Rosario), Mendoza y Córdoba fueron los primeros en contraer matrimonio, en el marco de este nuevo orden jurídico que pone en pie de igualdad el amor entre dos personas, sin importar el sexo.

Son los que dieron el puntapié, ya que luego se concretaron otras uniones igualitarias en diferentes ciudades de nuestro país, incluso involucrando parejas de mujeres. Ponían en práctica el lema con el que esta norma fue defendida en el Congreso: “Los mismos derechos con los mismos nombres”.

En la ficción

Los casamientos entre personas del mismo sexo no han merecido hasta ahora particular atención para el cine, con la sola excepción de unas pocas comedias. Entre ellas, la reciente “Sex & the City 2”, que muestra el matrimonio del amigo homosexual de la protagonista. Por otra parte, “Yo los declaro marido y Larry” aborda la cuestión desde otro ángulo, y se enfoca en el falso casamiento entre dos amigos heterosexuales, que ven por esa vía la posibilidad de obtener cobertura social para uno de ellos.

En tanto, la televisión acaba de agregar a su muestrario de familias no tradicionales a una pareja gay con hija adoptiva -asiática-, en la sitcom “Modern Family”, que acaba de estrenar Fox para Latinoamérica. Como el descriptivo título lo indica, se trata de registrar otros formatos de familia, entre los cuales se incluye al trío en cuestión. No es un dato menor, considerando que la adopción de niños, permitida por la flamante legislación argentina, no está habilitada en muchos estados de EEUU.