Limita la pauta por medio o grupo al 10 % del presupuesto publicitario

Mercier propone regular la publicidad de la provincia

El proyecto de ley -que pasó a las comisiones del Senado- prohíbe “destacar logros de la gestión del gobierno”. También exhibir imágenes, voces, firmas o cualquier mensaje publicitario “en el que aparezcan o sean nombrados funcionarios del gobierno o candidatos electorales”.

De la redacción de El Litoral

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Contenidos, producción, distribución, contratación, control y seguimiento de los avisos oficiales son el objeto de un proyecto de ley, presentado por el senador Juan Carlos Mercier (PJ-La Capital) que está en las comisiones del Senado santafesino.

El expediente busca crear en la provincia un marco regulatorio de la publicidad oficial, para controlar su utilización por el Poder Ejecutivo provincial. Y suma a las existentes una nueva comisión bicameral para que se encargue de supervisar que se cumpla la norma.

Mercier destaca al fundamentar su proyecto que la asignación de la publicidad oficial es “uno de los temas más críticos de las administraciones gubernamentales”.

El ex ministro de Hacienda y de Obras y Servicios Públicos ha redactado un proyecto de ley que merece una discusión de fondo y que se presenta como un primer aporte al debate, en un contexto en el que hay proyectos regulatorios a nivel nacional.

Entre los 35 artículos propuestos, divididos en 7 títulos, se destaca el apartado de las prohibiciones. Mercier propone 15 sobre los contenidos la pauta oficial: prohíbe por ejemplo “destacar logros de la gestión del gobierno”. También “exhibir imágenes, voces, firmas o cualquier mensaje publicitario “en el que aparezcan o sean nombrados funcionarios del gobierno o candidatos electorales”, además de agraviar la Constitución, las leyes y la cultura democrática en general. Un artículo parece destinado a la polémica interpretativa. El inciso j) del artículo 27 prohíbe “la información engañosa, subliminal y/o encubierta”.

Distribución

Mercier lleva al texto legal el deber del Estado de “garantizar los principios de transparencia, interés general, libre acceso a la información pública, pluralismo informativo, veracidad, objetividad, razonabilidad, eficiencia del gasto público, igualdad de oportunidades en el acceso a la distribución, arraigo en la producción y emisión, diversidad, no-discriminación y respeto a la libertad de expresión”.

Y se ocupa de fijar criterios para la distribución de la pauta oficial en los medios de comunicación. El más relevante es que ningún medio (o grupo de medios de un mismo propietario) podrá recibir más del 10 % del total de fondos presupuestados para publicidad, más allá de su alcance e importancia en el mercado.

Controles

El proyecto crea dos nuevos organismos encargados de administrar la publicidad oficial: una Oficina de Información y Difusión (OID), en el ámbito del Poder Ejecutivo provincial y otra equivalente en la Legislatura. Además, invita al Poder Judicial a actuar en el mismo sentido.

La norma a debatir, asimismo, propone que se abra un registro respecto de la publicidad oficial.

La OID sería -de aprobarse el marco regulatorio- la encargada de administrar el presupuesto publicitario de todo el Estado, incluidos organismos descentralizados (e históricos anunciantes relevantes como la Lotería o la EPE).

El texto propuesto crea un procedimiento de selección y detalla a las incompatibilidades del cargo.

No podrán ejercer a la titularidad de la OID quienes sean alcanzados por las incompatibilidades previstas en la ley Nº 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, o los condenados por delitos de lesa humanidad, robo, defraudación, estafa, malversación de fondos públicos o privados y falsificación de instrumentos públicos o privados, y cualquier otro delito cometidos en ocasión, o para facilitar, promover o encubrir alguno de los delitos enunciados en el inciso anterior.

Tampoco los titulares de los medios, productoras publicitarias o grupos de medios, así como sus accionistas y sus familiares por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo.

No pueden integrar la OID los “funcionarios públicos, legisladores nacionales o provinciales, o magistrados judiciales, o quienes lo hayan sido durante los últimos dos (2) años”.

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Juan Carlos Mercier: “Uno de los temas más críticos de las administraciones gubernamentales lo constituye la asignación de la publicidad oficial”.

Foto: Archivo El Litoral

Copiar y pegar

El proyecto de ley sobre publicidad oficial del senador Juan Carlos Mercier dice en los fundamentos que se ha tomado como base la discusión que sobre el mismo tema tiene el Congreso de la Nación. En efecto, tiene similitudes con el dictamen de las comisiones de Comunicaciones y Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados de la Nación. Seguramente por eso -traiciones del copy and paste de la computadora- el proyecto local habla (en el inciso j del art. 10) de “confeccionar y mantener actualizado el Registro Nacional de Publicidad Oficial”.