Diputados aceptó las reformas introducidas por el Senado

Santa Fe se pone en línea con la Nación en materia de tránsito

La sanción de la norma coincide con el cuarto aniversario de la tragedia de los alumnos de la escuela Ecos sobre Ruta 11 en Margarita. Un consejo provincial contendrá a municipios, comunas, Legislatura, ONG’s y asociaciones profesionales.

 

Mario Cáffaro

[email protected]

En un rápido trámite legislativo, explicado brevemente por el socialista Raúl Lamberto, la Cámara de Diputados aceptó las reformas producidas quince días atrás por el Senado y sancionó la nueva Ley Provincial de Tránsito, que sigue los lineamientos de la normativa nacional, da fuerza legal y dota de atribuciones a la Agencia Provincial de Seguridad Vial, crea otros organismos como un consejo provincial, el registro de antecedentes de tránsito y unifica la licencia de conducir a entregar en toda la provincia.

La sanción de la norma coincide con el cuarto aniversario de la llamada “Tragedia de Margarita”, en la que perdieron la vida 9 alumnos y una docente de la escuela porteña Ecos cuando regresaban de realizar tareas comunitarias en un paraje chaqueño, cuyos padres iniciaron una fuerte campaña para endurecer y unificar los controles de tránsito en rutas. Ello derivó en la firma de un acuerdo entre la Nación y las provincias, así como en reformas a la ley nacional a la cual terminó de adherir ahora Santa Fe. Pero, además, la sanción llega a diez días de otra tragedia en rutas santafesinas como la ocurrida en Villa Ocampo con víctimas fatales de Villa Guillermina.

Un proyecto de adhesión del diputado radical Hugo Marcucci y un mensaje del Poder Ejecutivo originaron la media sanción de Diputados en mayo último. La modificación del Senado en la última sesión de septiembre y la rápida aceptación de esos cambios por parte de la Cámara Baja dejaron sancionada la norma.

Con un enrarecido clima político en el oficialismo, después de las declaraciones del gobernador Hermes Binner sobre su candidato preferido para el año próximo y un justicialismo aún disperso, Diputados tuvo una sesión de apenas 40 minutos, durante la cual sancionó la norma de tránsito y otras ya despachadas por las comisiones, y aprobó media docena de proyectos sobre tablas acordadas en Labor Parlamentaria, entre ellas, el pedido de una urgente habilitación provisoria para el tránsito pesado de la Avenida de Circunvalación Oeste en el tercer tramo. El planteo fue de los radicales Marcucci y Darío Boscarol, pero en el recinto solicitaron acompañar con las firmas el también radical Leonardo Simoniello y los justicialistas Mario Lacava, Silvina Frana y Alberto Cejas. El objetivo es sacar el tránsito pesado de avenida Blas Parera y evitar la repetición de accidentes, especialmente con ciclistas y motociclistas. El resto del temario fue dejado para otra ocasión.

El aporte del Senado

“Consideramos que los cambios introducidos por el Senado son atendibles y que ayudan a mejorar el contenido de la norma”, dijo el socialista Lamberto al justificar la decisión de adherir al dictamen revisado y, después, repasar los principales lineamientos que se adoptarán de aquí en adelante.

El aporte de la Cámara Alta fue reconocerles a municipios y comunas facultades como autoridades de aplicación y comprobación en materia de tránsito; modificó la integración y facultades de algunos de los órganos creados; cambió la regulación de las escuelas o institutos de enseñanza de conducción, y modificó la distribución del producido por multas por infracciones, privilegiando a municipios y comunas.

A.jpg

El socialista Raúl Lamberto fue el legislador informante de la sesión. En la nota gráfica, con el arista Pablo Javkin. Foto: Mauricio Garín

Principales disposiciones

El proyecto sancionado tiene 63 artículos divididos en 12 títulos y 4 artículos con disposiciones transitorias.

* Título I: Es la adhesión a seis normas nacionales. La provincia sigue manteniendo la competencia de prevención y control no delegada al gobierno nacional y declara como autoridades de aplicación a la Agencia Provincial de Seguridad Vial, a los municipios y comunas, y en determinados artículos a la subsecretaría de Transporte y a la Dirección Provincial de Vialidad.

* Título II: Crea la Agencia Provincial de Seguridad Vial como organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado fijándole funciones, objetivos, atribuciones y recursos.

* Título III: Refiere al Consejo Provincial de Seguridad Vial que funcionará dentro de la Agencia con municipios, comunas, legisladores, ONGs, asociaciones profesionales, empresas e instituciones vinculadas con el tránsito y la seguridad vial.

* Título IV: Establece la formación del Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito que estará dentro de la Agencia así como la información que contendrá.

* Título V: Refiere a la licencia de conducir provincial con unicidad provincial y uniformidad nacional cuyo modelo también será definido por la Agencia que también dispondrá los centros de habilitación. Entre los requisitos para el otorgamiento de la licencia, se fija el límite de 18 años que no podrá ser excepcionado por municipios y comunas para ningún tipo de vehículo. También regla el sistema de puntos y el funcionamiento de las escuelas de conducir.

* Título VI: Habilita los sistemas inteligentes de control de tránsito y los requisitos que deberán cumplir para ser aprobados.

* Título VII: Está destinado a la estructura vial colocando la obligatoriedad de toda nueva obra de ser auditada por el Agencia así como las estaciones de peaje y las obligaciones de los concesionarios de peaje.

* Título VIII: Es el capítulo sobre la distribución de ingresos por infracciones.

* Título IX: Regula lo referido al control preventivo y determina que el conductor que se niega a someterse a una prueba de alcoholemia constituye falta autónoma así como la retención preventiva de la licencia.

* Título X: Revisión Técnica Vehicular Obligatoria que será delegada en municipios y comunas.

* Título XI: Fija las obligaciones en materia de elementos de seguridad, la obligatoriedad de venta de casco en forma conjunta a la moto y prohíbe el uso y colocación de en los vidrios de los rodados de láminas polarizadas.

* Título XII: Define la derogación de una serie de normas vigentes hasta hoy, así como modificaciones a códigos y leyes provinciales para adaptarlas a esta disposición.

Entre las disposiciones complementarias, se destaca que hasta tanto se ponga en marcha la Justicia administrativa de faltas de tránsito provincial, el Ejecutivo concertará convenios para facultar a municipios y comunas a que entiendan en el juzgamiento de infracciones labradas en el territorio. En localidades sin jueces de falta, serán competentes los jueces comunales.

Carné por puntos

Entre los requisitos para el otorgamiento de la licencia se fija el límite de 18 años que no podrá ser excepcionado por municipios y comunas para ningún tipo de vehículo. También regla el sistema de puntos y el funcionamiento de las escuelas de conducir.