Concejo Municipal
Concejo Municipal
Para ordenar la noche
Se aprobó la ordenanza que reglamenta los espectáculos públicos y los boliches.
Ariel Durán
Ayer el cuerpo deliberante aprobó una iniciativa que “dormía” en el Concejo desde el año 2004, es decir antes de la implementación de la emergencia nocturna, cuya vigencia comenzó a partir de 2009. El proyecto de ordenanza había sido presentado ese año y nunca prosperó, hasta que con algunas incorporaciones se sancionó pasado el mediodía en forma unánime.
Las normas de la ordenanza establecen que en las confiterías bailables, locales de baile, comedores bailables y pubs el acceso sólo se permitirá hasta las 2, y el cierre se procederá a las 6, con apertura los días viernes, sábados y vísperas de feriados. Pero, desde el 1º de diciembre hasta el 31 de marzo se extenderá hasta las 6.30. El expendio de bebidas alcohólicas queda prohibido a partir de las 5, o una hora antes del cese de la actividad, según el caso.
Además, la norma precisa que las personas que se encuentren alcoholizadas o bajo el efecto de drogas, narcóticos o estupefacientes no pueden entrar ni permanecer en los locales de espectáculos. Correrá por cuenta de los responsables o encargados, el control para impedir el ingreso o permanencia de menores dentro de los locales, debiendo respetarse los horarios de apertura y cierre que para el caso se estipulan.
El autor de la ordenanza es el concejal justicialista Sergio Ripoll, quien le manifestó a El Litoral que “una sociedad tiende a ser organizada, cuando el conjunto de sus integrantes posee y respeta un conjunto de normas que establece las reglas de juego de cada uno, donde coexista la posibilidad de disfrute por parte de los concurrentes a diversos espectáculos y el necesario respeto de los derechos de los vecinos que residen en las adyacencias de los locales involucrados en esas actividades. Agradezco la colaboración brindada por mis pares”, planteó.
A partir de ahora, el municipio contará con una herramienta actualizada para regular el funcionamiento de confiterías bailables, cabaret, pubs, bares con espectáculos en vivo, asociaciones, clubes y entidades de bien público, espectáculos cinematográficos y hoteles por hora.
También se establecen normas edilicias a cumplimentar, condiciones internas de sonorización y de seguridad; personal de seguridad, localización, habilitación y cumplimiento de los deberes formales y sanciones.