Pedido de la defensa

Conceden prisión domiciliaria a una mujer para cuidar a sus hijos

La Cámara de Casación Penal priorizó el “interés superior del niño” por sobre la sanción penal que debe cumplir su madre, condenada a 6 años y 3 meses por una causa de drogas.

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El caso de Lorena Melgarejo recorrió los diarios del país e incluso fue tema de tratamiento en las publicaciones especializadas. Foto: Fotomontaje El Litoral

De la Redacción de El Litoral

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Lorena Melgarejo y sus dos hijos regresaron a su casa del barrio Tránsito, el 19 de mayo pasado, después de que la Cámara Nacional de Casación Penal le concediera el beneficio de la prisión domiciliaria, priorizando los derechos de los pequeños por sobre los efectos del cumplimento de la pena de prisión.

La decisión de alzada revirtió la medida adoptada por el Tribunal Oral Federal de Santa Fe, que tras revocarle la domiciliaria por reincidencia, mereció en dos oportunidades los planteos del defensor público oficial. El abogado Fabio Procajlo insistió en el reclamo, hasta que finalmente la Sala IV de Casación echó por tierra los argumentos de su inferior.

El 16 de mayo, la CNCP consideró “que corresponde reincorporar al régimen de prisión domiciliaria a Melgarejo, teniendo como horizonte la protección de los intereses de los menores circunstancialmente involucrados”. El fallo que dictaron los camaristas Gustavo Hornos, Augusto Díez Ojeda y Mariano González Palazzo, destaca que “el regreso de la madre al hogar mejoraría sin duda alguna la situación del grupo familiar”.

Condena y prisión

El caso se remonta al año 2006, cuando Melgarejo resultó condenada en una causa por drogas a 6 años y 3 meses de cárcel. Le concedieron la prisión domiciliaria el 22 de octubre de 2008, pero se la revocaron tiempo después, cuando violó dicho régimen e incluso la acusaron por otro delito relacionado a estupefacientes.

Desde entonces permaneció alojada en la Cárcel de Mujeres, donde debió emprender la crianza de sus hijos -tiene dos- de un año y medio y un bebé de 6 meses.

El defensor público oficial Procajlo recurrió la medida, sobre la que la Sala IV de Casación se expidió por primera vez el 29 de noviembre de 2010 anulando el fallo de primera instancia. El 21 de enero último el TOF hizo una nueva resolución en la que Melgarejo debía continuar en prisión.

No conforme con ello, Procajlo fue por segunda vez a Casación, que finalmente optó por revocar lo actuado por el tribunal santafesino y concederle el beneficio el 16 de mayo. Tres días después la mujer regresó a su casa.

“Mala madre”

En uno de sus escritos, Procajlo afirmó que el tribunal de Santa Fe dictó nuevamente la revocación de la domiciliaria luego de que la Cámara anulara la anterior resolución “incurriendo en los mismos defectos de fundamentación”.

El TOF había llegado a la conclusión de que Melgarejo era una “mala madre” y “se consideró que el otorgamiento de la prisión domiciliaria sería contraproducente y no cumpliría con la finalidad para la que fue estatuida, pero no explicó las razones concretas” que lo llevaron a tomar tal determinación, cuestionó la defensa.

Procajlo se mostró sorprendido por la apreciación del tribunal, que opinó que “el impacto que la cárcel le produce a los chicos no es mayor que el accionar delictivo de la madre”, una postura “dogmática, grave e incorrecta”, dijo.

También argumentó que “se soslayaron las opiniones de la asesora de Menores y la Secretaría de Derechos Humanos”. Oportunamente, este último organismo elaboró un informe en el que constató que la mujer “participa animadamente de las actividades escolares de sus hijos”.

En atención al “interés superior del niño”, la Cámara Nacional de Casación Penal puso fin a la cuestión cuando resolvió restituir la prisión domiciliaria e incorporar a la mujer de 34 años “al régimen de salidas transitorias de la Progresividad del Régimen Penitenciario”.


“Amén del delito que cometió al momento de violar su prisión domiciliaria (de tenencia simple de estupefacientes) es una madre que se ocupa activa y cariñosamente de sus hijos, y con quien, además, sus hijos se encuentran muy apegados afectivamente”.

Informe ambiental

Uno de los argumentos sostenidos por el defensor público, Fabio Procajlo -con asidero en la Cámara-, surge del informe ambiental de la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia, referido a la “situación de encierro”, perjudicial para los menores en formación.

Humedades, paredes deterioradas y hacinamiento en la celda, fueron algunos de los puntos observados por el órgano auxiliar de la Justicia.

“Hay un televisor y un ventilador; dentro de la misma (celda) se encuentra el baño y un calefón eléctrico para bañarse; que tiene un patio contiguo en donde se le ha permitido a Melgarejo colocar una hamaca y una piletita de lona de escasa dimensión. En cuanto al tiempo de ocio, la familia tiene la posibilidad de utilizar el patio en el horario matutino hasta las 12.30 cuando cierran la reja de la celda, la que se vuelve a abrir de 16 a 20”, relataron los profesionales que visitaron la Cárcel de Mujeres.