El tema está en manos del Senado

Insiste Diputados con una ley para el manejo de agroquímicos

La Cámara votó por segunda vez un proyecto originado en el radical Fascendini. La Cámara Alta tiene ahora la iniciativa, así como una reforma a la vigente ley de fitosanitarios, que apunta a restringir las aplicaciones en cercanías de áreas urbanas y centros poblacionales.

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La normativa establece medidas de capacitación en el manejo de pesticidas, intensificar la información y fomentar las buenas prácticas.

Foto: Archivo El Litoral

Mario Cáffaro

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La Cámara de Diputados votó y giró en revisión al Senado un proyecto de ley con disposiciones para el control del manejo, almacenamiento y disposición final de las sustancias químicas de uso agrícola y designa como autoridad de aplicación a la Secretaría de Medio Ambiente.

La iniciativa es del radical Carlos Fascendini, quien recalcó que un proyecto similar fue votado hace dos años sin encontrar eco suficiente en la Cámara Alta. Pero además, consideró que ésta, más la reforma a la vigente ley de fitosanitarios que se encuentra en el Senado, son piezas fundamentales para mejorar la calidad de vida de los vecinos y fijar reglas claras para los productores agropecuarios.

El texto deja en manos de la Secretaría de Medio Ambiente la promoción del desarrollo de programas integrales de capacitación en el manejo y disposición final de los agroquímicos, intensificar acciones de información a los usuarios; fomentar el desarrollo de buenas prácticas en el uso y la comercialización de estos productos; elaborar programas para que las universidades introduzcan en curriculas de temas afines el asunto, así como promover la investigación en torno al contenido, metodología, estrategias de organización, comunicación de mensajes para la educación, capacitación y divulgación técnica en el área del control químico en programas de manejo integrado de plagas.

También corresponsabiliza a los fabricantes o expendedoras de agroquímicos y al consumidor final sobre la recuperación y disposición final de los envases hasta que logren el otorgamiento del “certificado de aptitud ambiental”. Prohibe además el almacenamiento, manipulación de fitosanitarios en el mismo ambiente donde se fabriquen, preparen, almacenen o vendan alimentos, bebidas y medicamentos de uso humano, así como su transporte.

En uno de los capítulos se establecen límites a la publicidad de esos productos, enmarcándola en códigos de la Organización para la Alimentación y la Agricultura de Naciones Unidas (FAO), y en otro orden crea un Observatorio de Residuos Tóxicos y Peligrosos de la provincia, para llevar adelante el programa de prevención, monitoreo y remediación de residuos agroquímicos.

En la parte final ordena crear un Manual de Buenas Prácticas para dichos productos y prohibe el volcamiento a cuerpos de aguas superficiales o subterráneas de fitosanitarios y aguas de lavado de envases, maquinarias, indumentarias, utensilios y cualquier elemento que haya estado en contacto con dicho producto.

Algunos fundamentos

Fascendini admitió que, pese a las restricciones existentes, “se siguen usando plaguicidas que tienen efectos agudos y crónicos en la salud, entendiendo por agudos aquellas intoxicaciones vinculadas a una exposición de corto tiempo con efectos sistémicos o localizados, y por crónicos aquellas manifestaciones o patologías vinculadas a la exposición a bajas dosis por largo tiempo”.

Aclaró que el agua es el vehículo principal de transmisión de estas patologías y afirmó que en la provincia “a pesar de haberse evaluado un incremento de enfermedades cancerígenas en la población relacionadas con exposición a los agroquímicos, se sigue careciendo, por parte de las autoridades competentes, un control preventivo en el manejo y disposición final de los agroquímicos”.

Tras una larga fundamentación, el radical señaló que la Comisión Parlamentaria Conjunta de la Región Centro y los organismos correspondientes a cada provincia deben tomar las medidas necesarias para asegurar un correcto manejo y disposición final de los agroquímicos a fin de evitar una peligrosa contaminación por parte de esos productos.

Fascendini señaló en su alocución que “considerando que las mejoras soluciones son las preventivas, una normativa para los adecuados manejos de fitosanitarios de uso agrícola incorpora en sus exigencias información relativa a efectos eco toxicológicos y los distintos programas ambientales, para un adecuado uso del mismo sobre diferentes especies representativas de los compartimentos ambientales hacia los cuales puede derivar el tóxico, en un escenario de aplicación de acuerdo a las buenas prácticas agrícolas”.

Tarjeta roja al endosulfán

El diputado Antonio Riestra (Pares) presentó un proyecto de ley para prohibir en todo el territorio provincial el uso y aplicación del endosulfán. Se trata de un peligroso insecticida organoclorado prohibido en más de 50 países por su alta toxicidad. Esta norma se basa en recomendaciones internacionales y cubre el vacío legal dejado por las autoridades nacionales.

Según el legislador, el endosulfán es un insecticida y acaricida organoclorado, altamente tóxico, que ha sido prohibido en más de 50 países, incluyendo la Unión Europea y varias naciones de Asia y África occidental. Distintas investigaciones han establecido que puede causar daños reproductivos y en el desarrollo de animales y humanos. Es responsable de incidentes fatales y envenenamientos entre los trabajadores rurales que dan como resultado daños cerebrales permanentes.

A causa de su alto potencial de bioacumulación y contaminación ambiental se está considerando una prohibición global en el marco del Convenio de Estocolmo. En agosto de 2009, Bayer CorpScience, la rama agroquímica de Bayer, informó que planifica terminar las ventas de este producto en todos los países donde todavía el mismo se encuentra legalmente disponible.

En Argentina, según cifras de la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (Casafe), el endosulfán representa el 15% del volumen de ventas de insecticidas para usos agropecuarios, con 5,5 millones de litros comercializados en la campaña 2010/11.

Este producto se utiliza en los cultivos de soja, algodón, cereales, frutales, vides y tabaco, entre otros, según el autor.


Retoques a la ley de discapacidad

La Cámara de Diputados votó la reforma a dos artículos de la norma provincial de protección a las personas con discapacidades físicas, entre ellas la redacción del primero “para dar una semántica más clara y contundente, mayor nitidez al marco protectivo e integrador de la ley, solucionando problemas interpretativos que en el artículo original menguaban dicha posibilidad” explicó el autor, el justicialista Enrique Marín.

La ley original, varias veces modificada parcialmente, es un decreto ley de 1983 y lleva la firma del entonces gobernador de facto, Héctor Salvi. “Institúyese por la presente ley un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, tendiente a asegurar a éstas su atención médica, su educación y su estímulo que permitan en lo posible neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoca y les den oportunidad, mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen las personas normales” dice el texto vigente.

Ahora, el texto votado en Diputados y girado en revisión al Senado es “Institúyese por la presente ley un sistema de protección integral de las personas con discapacidad tendiente a asegurar a éstas el acceso a la salud, educación, trabajo, transporte y condiciones de vida, que permitan a las mismas su natural inclusión e inserción en la comunidad de la que son parte y el efectivo ejercicio de sus derechos ciudadanos”.

Marín explicó que el objetivo es dotar mediante leyes a las personas de mayores y mejores herramientas de integración social.

El otro artículo votado habilita al ministerio de Educación a extender certificados que acrediten la capacitación obtenida en las escuelas especiales de formación laboral.