Otra vuelta al cepo cambiario

Oficializan recargo a consumos en exterior con tarjeta de crédito

Será del 15% y su pago se acreditará a cuenta de Ganancias y Bienes Personales.

De la redacción de El Litoral

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Fueron publicadas en el Boletín Oficial de hoy, las resoluciones generales 3375 y 3378 por las que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) estableció un pago a cuenta de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales sobre los consumos en el exterior con tarjeta de crédito, y un régimen informativo que deberán cumplir sus emisores.

La Resolución General 3378 del organismo fiscal establece a partir del 1º de octubre próximo un régimen de percepción que se aplicará sobre las operaciones de adquisición de bienes, prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior por residentes en el país -personas físicas o jurídicas, sucesiones indivisas y demás responsables-, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito o de compra.

La percepción se aplicará sobre el precio total de cada operación de compra en el extranjero y se calculará con una alícuota del 15 por ciento. El tipo de cambio será el que fije el Banco Nación al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha de emisión del resumen o liquidación.

El 15 por ciento retenido se imputará como un anticipo de Ganancias o Bienes Personales.

Al anunciar la medida, el titular de la Afip, Ricardo Echegaray, subrayó que este nuevo régimen no implica la creación de un impuesto, lo que corresponde al Poder Legislativo, sino que se busca recaudar “ex ante” lo que se percibía al terminar el año fiscal.

El funcionario apuntó que esta nueva percepción impositiva alcanza a “aquellos contribuyentes que tienen altos ingresos y exteriorizan una capacidad patrimonial importante a través de compras en el exterior con tarjetas de crédito”.

Por Internet

Según la Afip, el régimen permitirá “determinar correctamente la declaración de impuestos de un sector reducido de 168 mil contribuyentes que, en el último año y medio, efectuaron gastos en el exterior por un monto que supera los 7.400 millones de pesos”.

Etchegaray también aclaró que por el momento no estarán alcanzadas por la percepción las operaciones de compra que se realicen por Internet.

Por otro lado, la Resolución General 3375 adecua el régimen de información que deben cumplir las emisoras de tarjetas de crédito, que a partir de ahora deberán remitir al organismo fiscal la discriminación de los consumos que realicen sus clientes en moneda local y extranjera. En este último caso, identificando el país donde se realizaron los gastos tanto por los titulares de tarjetas de crédito como por sus extensiones.

Carga pública

A partir de octubre, según la resolución 3375 también publicada hoy, los bancos deberán informar, de manera discriminada, los gastos que se realizan en el exterior de los que se hacen a nivel local. Esta obligación “no debe generar ningún cargo adicional” para los usuarios de las tarjetas ya que “es una carga pública” para las entidades que hasta ahora informan sobre compras superiores a los $3.000.

/// EL DATO

Detalles

En el caso de aquellos contribuyentes que posean una tarjeta de crédito como extensión será el titular quién podrá deducir el 15%. Sin embargo, se pueden dar casos especialmente en los jóvenes con su trabajo ahorraron para viajar al exterior y no tributan ni ganancias y menos el impuesto a los bienes personales. “Si existiera alguna excepción, implementaremos una manera para devolver ese cobro al titular de la tarjeta”, señaló Echegaray.

/// la clave

Letra del Tesoro

El gobierno obtuvo 684 millones de pesos mediante la colocación de una letra del Tesoro suscripta directamente por el Fondo Fiduciario para la Reconstrucción de Empresas.

Según la resolución conjunta de las secretarías de Hacienda (248) y de Finanzas (64), publicada hoy en el Boletín Oficial pero fechada el pasado martes 28, la Letra es a un año de plazo y amortizará íntegramente el capital al vencimiento, el 30 de agosto de 2013.

El rendimiento de este instrumento fue determinado por el de la Letra del Banco Central a un año, que esta semana resultó de 14,52 por ciento.

El Fondo Fiduciario para la Reconstrucción de Empresas tiene por objeto integrar aportes de capital, otorgar préstamos, avales u otras garantías a entidades financieras, de seguros, prestadoras de servicio de salud, educación, bienes y servicios culturales, ciencia, tecnología y energía nuclear.