En un caso de aborto
En un caso de aborto
Denuncia contra la Corte por un fallo
Un grupo de ciento veinte abogados argentinos acaba de dar a conocer la denuncia que presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, contra la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación declarando constitucional el artículo 86 del Código Penal de la Nación, que legisla sobre aborto no punible.
La denuncia está referida al pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “F., A.L. s/ medida autosatisfactiva”, de fecha 13 de marzo de 2012. En su fallo, como consecuencia del recurso extraordinario interpuesto contra una sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut que había autorizado la interrupción del embarazo en una joven de 15 años de edad que había sido violada, la Corte cometió, a criterio de los firmantes, numerosas arbitrariedades.
Los denunciantes consideran que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se excedió largamente en sus facultades e hizo uso de un caso abstracto -ya que el aborto se había perpetrado con anterioridad al fallo- para imponer un supuesto derecho al aborto, cuando dicha práctica constituye un delito conforme el Código Penal de la Nación y se encuentra condenada, no sólo en la Constitución Nacional, sino también en tratados internacionales suscriptos por la República Argentina.
Sostienen también, que la Corte a la vez aprovechó la oportunidad para instar a las distintas jurisdicciones provinciales a establecer protocolos a fin de regular los así llamados abortos no punibles.
En línea con lo antedicho, los denunciantes consideran que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha excedido sus facultades pues, lejos de limitarse a resolver respecto del caso concreto, pretende legislar para todos los casos análogos, exhortando a la Nación y a las Provincias a reglamentar la práctica abortiva, desconociendo el carácter supremo del derecho a la vida de la persona humana desde el momento de la concepción.
Los firmantes de la denuncia sostienen que quien mayor atención debe recibir por parte del Estado es la mujer embarazada, sea o no incapaz, que haya sufrido un acto de violación. En tal sentido, sostienen que la atención esmerada en el terreno espiritual, psíquico, educacional, y económico, tanto en su persona como en la de su hijo por nacer, es un deber ineludible del Estado.
Para cumplir debidamente con la defensa de los derechos humanos, afirman los firmantes, lo correcto no es facilitar el aborto, es decir la muerte del protagonista más inocente e indefenso, sino que el Estado y la sociedad toda deben empeñar sus mejores esfuerzos en auxiliar y proteger debidamente los derechos de ambos; madre e hijo.
Una vez que la denuncia haya sido estudiada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ésta deberá pronunciarse respecto de su admisibilidad. En caso afirmativo, deberá informar al Estado Nacional Argentino sobre dicha denuncia, y requerirle dar las explicaciones o defensas que crea prudente ofrecer, para luego proceder a expedirse sobre el fondo de la cuestión.