Por las críticas al funcionamiento del Poder Judicial

Jueces al cruce de los abogados

Argumentan en los tribunales que no hay morosidad, sino mayor productividad. Pero que el incremento de los litigios, con la misma estructura, provoca las demoras. Defienden la actividad docente y la intangibilidad salarial.

 

De la redacción de El Litoral

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El Colegio de Magistrados salió al cruce de las críticas vertidas por el Colegio de Abogados de Santa Fe al funcionamiento de la Justicia, y consideró que algunas de ellas “implican un infundado agravio”, que no aporta nada a la solución de los problemas.

“El Colegio de Abogados santafesino olvida el real inconveniente que aqueja a este Poder Judicial, cual es el ostensible incremento de la litigiosidad, al que debe hacerse frente con similar estructura de órganos jurisdiccionales y recursos humanos a los existentes hace décadas atrás. No obstante ello, con la misma estructura, pero con mayor ingreso de causas, la productividad en materia de sentencias y resoluciones, a contrario de lo que expresa el Colegio de Abogados, se ha incrementado”, sostiene el documento emitido por las autoridades de la zona norte del Colegio, encabezadas por Alfredo Palacios.

A tal efecto, y a manera de ejemplo, exponen que en el año 1984 -en toda la provincia y en todos los fueros- ingresaron 199.564 causas, mientras que en 2012 treparon a 480.185, lo que implica un 141 % de aumento. Pero a la vez, si en el año 1984 se dictaban 137.296 sentencias y resoluciones, en el año 2012 tal cifra se aumentó a la de 309.860.

“La producción de nuestros jueces -con el invalorable aporte de los restantes funcionarios y empleados- se incrementó en un 126%, pero con similar estructura de juzgados y recursos humanos que la de aquellos años. Ello sin dejar de mencionar que gran cantidad de dichas decisiones jurisdiccionales son emitidas por jueces a cargo de numerosos juzgados vacantes cuyas coberturas no se han producido, siendo la problemática de los órganos judiciales vacantes otra de las causas que entorpecen el normal desenvolvimiento de este Poder Judicial”, argumentan los jueces.

Docencia

En otro orden, advierten que “no se puede, con absoluta ligereza, endilgar los problemas de la justicia a la actividad docente de magistrados y funcionarios, tarea que se encuentra expresamente reglada por el Máximo Tribunal Provincial”.

Al respecto, recuerdan que dichas previsiones fueron recordadas por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia por Circular 18/13, al señalar que tal actividad debe desarrollarse fuera de horario matutino, no puede superar las ocho horas semanales y sólo puede ejercerse en dos materias como máximo.

Ganancias

Finalmente, y sin soslayar que resulta público que la cuestión tributaria atinente al Impuesto a las Ganancias se encuentra actualmente en el marco de decisión de la Corte nacional, recuerdan al Colegio de Abogados “que la intangibilidad prevista en el artículo 110 de la Constitución Nacional y en el artículo 88 de la Constitución Nacional -establecida como garantía de independencia-, tiene un claro objetivo: ‘evitar las presiones indirectas sobre los magistrados, sometiéndolos a la voluntad de los otros poderes o de los intereses económicos...’”, al decir de María Angélica Gelli.

Por todo ello, el Colegio de Magistrados exhorta a los abogados “a aunar esfuerzos en pos de trabajar para revertir la delicada situación que estructuralmente aqueja al Poder Judicial santafesino, siempre con la última finalidad de brindar protección a los derechos de los justiciables de nuestra provincia”.

Medios a dictamen

La procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó dictaminaría en la causa por la Ley de Medios después de la feria judicial que concluye a fin de mes.

La Corte Suprema le corrió ayer vista a Gils Carbó de la causa por la Ley de Medios para que dictamine por la constitucionalidad o inconstitucionalidad de varios artículos. La Cámara Civil y Comercial Federal declaró en abril la inconstitucionalidad respecto a la limitación de licencias de canales de cable, mientras que avaló la intervención del Estado sobre la televisión abierta que se emite por el espacio radioeléctrico. También declaró la inconstitucionalidad del artículo 48 sobre “prácticas de concentración indebida”, respecto a la multiplicidad de licencias adquiridas antes de la sanción de la Ley y consideró constitucional el plazo de un año para desinvertir los medios excedentes.

El dato

Retruque

“El Colegio de Abogados soslaya una de las tantas causas que provocan -en algunos casos- la demora en la tramitación y resolución de las causas judiciales, cual es la actividad de los propios profesionales que en el ejercicio de la matrícula dilatan los procesos a través de la provocación de innumerables incidencias que alongan el procedimiento, como así también, por la falta del correspondiente impulso procesal”. Del pronunciamiento del Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Santa Fe, zona Norte.