Tribuna política

Sobre la competencia penal en la comercialización de drogas

Martín Suárez Faisal (*)

Ante la iniciativa legislativa provincial dirigida a transferir a la órbita local la competencia judicial sobre algunos delitos de la Ley de Estupefacientes, resulta oportuno efectuar algunas consideraciones con el propósito de favorecer el debate y contribuir a la comprensión del problema, para que las políticas públicas que finalmente se adopten resulten las más convenientes y aptas para lograr una mayor eficacia en la lucha contra esta clase de criminalidad.

En primer lugar, es menester señalar que “competencia” resulta ser -en sentido jurídico- la atribución a un órgano judicial del límite de jurisdicción para que tenga a su cargo la investigación y juzgamiento de un delito, y en tal sentido, en un sistema constitucional como el nuestro, se divide en provincial y federal. Así, los llamados “delitos comunes” son de competencia provincial, mientras que otros, por sus especiales características o por los bienes jurídicos que involucran, se asignan al conocimiento de la Justicia Federal.

En el caso de las infracciones relacionadas con los estupefacientes hace casi cuarenta años que se dispuso que sean de competencia federal, primero mediante la ley 20.771 (1974) y luego por la hoy vigente ley 23.737 (1989). Hasta que en 2005, la ley nacional 26.052 autorizó a que las provincias asumieran discrecionalmente la competencia judicial sobre determinados delitos relacionados con las drogas, que comúnmente se denominan “menores” o también de “menudeo”, indicando en este último caso situaciones de narcotráfico que por su envergadura aparecerían como de menor escala. Quedó así incorporada una excepción a la regla general de la competencia federal para todos los delitos sobre la materia.

Con la ley 26.052, además de las llamadas “Tenencia para consumo personal” y “Tenencia simple” (aquella en la que la cantidad no es escasa, pero no se puede probar la intención de comercializar), se otorgó a las provincias eventual competencia judicial -adhesión mediante- sobre los casos de “comercio, entrega, suministro o facilitación de estupefacientes”. No se incluyó, quizá por una defectuosa técnica legislativa, el delito de “Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, que resulta ser la conducta punible más numerosa y la calificación jurídica que se adopta en la casi totalidad de los casos judiciales relacionados con la narcocriminalidad “al menudeo” o “en dosis destinadas directamente al consumidor”, como desafortunadamente dice la ley nacional.

En la experiencia judicial, de los cientos de casos de narcotráfico a escala barrial que en el Tribunal Federal de Santa Fe llegan a condena con pena de prisión efectiva, casi ninguno -o ninguno- es por “comercio, entrega, suministro o facilitación”, sino que invariablemente se trata del delito de “Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”.

Visto desde esta óptica, la iniciativa de adhesión que se tramita en el ámbito local si bien pone de manifiesto la encomiable preocupación de los operadores políticos sobre la problemática del comercio minorista de estupefacientes, no contribuye a paliar esa situación, sino que por el contrario hará más difícil su represión y sanción judicial, como consecuencia de los innumerables conflictos de competencia que se suscitarán en los tribunales provinciales y federales, que en definitiva favorecerán la impunidad de los autores.

Los argumentos que pueden escucharse respecto de la mayor cantidad de fiscales que -una vez que entre en funcionamiento plenamente el nuevo sistema penal local- podrán ocuparse del delito y de la ausencia de las fuerzas de seguridad nacionales en el combate contra el flagelo, si bien pueden resultar atractivos en una primera lectura, contrastan con algunos de los datos de la realidad.

En efecto, además de que los conflictos de competencia generarían engorrosas tramitaciones, es necesario tener en cuenta también que los noveles fiscales que inauguren el nuevo sistema penal no se encontrarán con una hoja en blanco en un despacho vacío, sino que de inmediato deberán abocarse a trabajar en una realidad cada vez más diversa, y por cierto, conflictiva y violenta. Ello contrasta con la especialización que la Justicia Federal ha adquirido a lo largo de los años y refuerza la idea de que es necesario -en todo caso- fortalecer su actuación mediante la cooperación de las autoridades provinciales.

En cada uno de los departamentos de la provincia existe una dependencia policial provincial exclusivamente destinada a la represión del narcotráfico, que debe trabajar en permanente contacto con los jueces y fiscales de la Justicia Federal. Considero que la preocupación estatal debería centrarse entonces en la profesionalización y el fortalecimiento de esas estructuras, en dotarlas de capacitación, de adecuado control por parte de funcionarios responsables y prudentes, de medios tecnológicos adecuados y -en definitiva- de encauzar los esfuerzos de todos los operadores en un objetivo común en el que, sin eufemismos, se presente a la sociedad un plan de acción sostenible que permita socavar los cimientos del negocio de las drogas.

No puede perderse de vista que las investigaciones relacionadas con la narcocriminalidad, de ordinario son largas y específicas, que se encuentran interrelacionadas territorialmente y que las materias primas de los estupefacientes más comunes -marihuana y cocaína- no se producen en gran escala en nuestro país, por eso siempre al principio de la cadena nos encontramos con la delincuencia transnacional. Desde el punto de vista de la estrategia de actuación frente a estos delitos, la fragmentación de la investigación en el eslabón más frágil contribuye a restringir la posibilidad de llegar a escalones superiores de las organizaciones criminales.

Esos datos hacen desaconsejable la adhesión de Santa Fe a la propuesta de la ley nacional -no ha encontrado resultados favorables en las dos provincias del país que lo hicieron- y señalan la necesidad de que las autoridades locales y federales mancomunen sus esfuerzos al combate del flagelo, sin gatopardismos ni fórmulas mágicas que disimulen la verdadera naturaleza del problema.

(*) Fiscal General ante el Tribunal Oral Federal de Santa Fe

Los fiscales que inauguren el nuevo sistema penal no se encontrarán con una hoja en blanco en un despacho vacío, sino que de inmediato deberán abocarse a trabajar en una realidad cada vez más diversa, y por cierto, conflictiva y violenta.

La iniciativa de adhesión que se tramita en el ámbito local sobre la problemática del comercio minorista de estupefacientes no contribuye a paliar esa situación, sino que por el contrario hará más difícil su represión y sanción judicial.