Por una resolución del Ministerio de Trabajo de la provincia
Por una resolución del Ministerio de Trabajo de la provincia
Casi 300 menores autorizados a trabajar
Un convenio de la OIT insta a los Estados a que adhieran a seguir “una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de los niños”.
Foto: EFE
De la redacción de El Litoral
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la provincia dictó a mediados de 2013 la resolución 216, calificada como inédita en el país por el ministro Julio Genesini, con el objetivo de proteger a los adolescentes cuando trabajan, estableciendo los mecanismos y criterios para emitir las autorizaciones pertinentes.
Durante 2014 fueron ingresadas 360 solicitudes pidiendo autorización, de las cuales, Trabajo aprobó 293: en su mayoría correspondientes al sector de gastronomía, seguidas por las que piden autorización para trabajo artístico, construcción y comercio. En tanto, 67 solicitudes no fueron autorizadas por diversos motivos, como falta de documentación, presentación a destiempo del certificado de alumno regular (indispensable para que el Ministerio de Trabajo emita las autorizaciones), o no garantizar el puesto requerido condiciones de salud y seguridad.
La resolución responde a uno de los objetivos prioritarios de la llamada “agenda de trabajo decente de la provincia de Santa Fe”, que plantea la prevención y erradicación del trabajo infantil y las peores formas de trabajo adolescente.
Genesini destacó que la normativa responde a lo estipulado en el Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación del año 2000, que en su artículo 3 define que la expresión “las peores formas de trabajo infantil abarca -entre otros aspectos- el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños”.
En el mismo sentido, se encuadra en los preceptos del Convenio 138 de OIT (del año 1973) sobre la edad mínima de admisión al empleo, que insta a los Estados que adhieran al mismo a comprometerse “a seguir una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de los niños y eleve progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores”.
Los límites
Según el Ministerio de Trabajo, Santa Fe es la única provincia en el país que, mediante la resolución 216, establece de manera enunciativa el listado de tareas peligrosas para un adolescente. Se señala que no serán autorizadas tareas que los adolescentes deban realizar a la intemperie sin la debida protección o en condiciones de aislamiento. Tampoco se aceptarán trabajos que impliquen poner en riesgo la salud mental o donde no existan las condiciones sanitarias, de higiene y seguridad básicas necesarias para efectuar la actividad.
En cambio, la resolución contempla cuatro situaciones diferentes de trabajo adolescente, que se autorizarán en la medida en que no que figuren en el listado de tareas peligrosas y que cumplan con la asistencia escolar obligatoria. En el caso de la autorización para trabajo adolescente protegido, establece que los jóvenes entre 16 y 18 años no pueden ser ocupados por más de 6 horas diarias o 36 horas semanales.
En lo que respecta a la autorización para realizar tareas en empresas familiares, los adolescentes entre 14 y 16 años podrán ser ocupados en empresas de familia siempre que la jornada de trabajo no supere las 3 horas diarias y las 15 horas semanales.
Finalmente, se otorgan permisos individuales a niños, niñas y adolescentes que sean contratados para realizar trabajos artísticos, previa evaluación de condiciones de trabajo.
Los pedidos de autorización deberán ser realizados por los padres, tutores o responsables de los menores y que dichas autorizaciones serán otorgadas con criterio restrictivo, procurando preservar en todos los casos la salud física y moral de los niños, niñas y adolescentes.