Pedido de informes en la Cámara de Senadores
Pedido de informes en la Cámara de Senadores
A Pirola no lo conforma la renuncia de Fessia
El senador por Las Colonias contó con el apoyo del justicialismo para presentar un pedido de informes en la Cámara Alta.
De la redacción de El Litoral
Tras la sonada renuncia del fiscal regional Ricardo Fessia, el Senado aprobó por unanimidad (como es de práctica) un pedido de informes que requiere más precisiones sobre la dimisión.
Las dudas están dirigidas al Ministerio Público de la Acusación, no al Poder Ejecutivo, y se solicita que la respuesta sea enviada a la Comisión de Acuerdos del Poder Legislativo de la provincia de Santa Fe, es decir, a la instancia que reúne a ambas Cámaras (y que aprueba o rechaza los pliegos de jueces, fiscales y defensores, entre otros).
El cuestionario requiere más información sobre “los hechos, situaciones o cualquier informe del que dicho órgano hubiera tomado conocimiento, mediante queja o denuncia de particulares, jueces o integrantes del mencionado Ministerio”, o por “constatación directa de algún superior jerárquico, que puedan tipificarse como causales de mal desempeño o comisión de delitos dolosos”, por parte de la Fiscalía Regional Nº 1, que estuvo a cargo del Dr. Fessia.
El despacho menciona “las tensiones en la Fiscalía Regional Nº 1” de las que diera cuenta la prensa y advierte que “sería imperioso para la Comisión de Acuerdos contar con toda la información que obre en la Fiscalía General de la provincia de Santa Fe”.
El texto pide precisiones sobre “las medidas tomadas por las autoridades superiores” a la fiscalía mencionada en favor de “la transparencia y la publicidad de los actos de gobierno”.
Fundamentos
Pirola se ocupa de dar en los fundamentos más razones jurídicas por las que un Poder (el Legislativo) debe requerir información a otro (el judicial), en custodia de los derechos de los ciudadanos y el funcionamiento de las instituciones.
“La Ley Provincial Nº 13.013 de creación del Ministerio Público de la Acusación -dice el senador- instituyó un principio general de responsabilidad institucional por actividad antijurídica del órgano, dejando además sentada la responsabilidad de carácter personal sustentada en quienes trabajan en el mismo”.
“A tal efecto, el Ministerio Público de la Acusación será responsable por los daños y perjuicios que provoquen sus órganos por actos ilegales o arbitrarios, sin perjuicio de la responsabilidad personal de los funcionarios de acuerdo a la legislación vigente”, agregó.
Otra vez, Pirola sostiene que la obligación de rendir cuentas “deviene de nuestra forma republicana de gobierno, que está basada en la división, control y equilibrio de los poderes y tiene como fin último la garantía de las libertades individuales”.
En su opinión, la República es como un “juego mecánico” que “equilibra las fuerzas del Estado”.
El dato
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