Media sanción en el Senado santafesino

Reforma impositiva para las Bolsas de Comercio

  • Se reconoce la facultad de la Bolsa de Comercio de Santa Fe y de su par de Rosario a registrar el Impuesto de Sellos. El mensaje del Ejecutivo tuvo un rápido tratamiento.

De la redacción de El Litoral

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Por unanimidad y sobre tablas, la Cámara de Senadores santafesina aprobó una reforma impositiva para registrar el Impuesto de Sellos, que expresamente habilita a las Bolsas de Comercio de Santa Fe y de Rosario para esa tarea.

Este jueves, los bloque acordaron la media sanción, tras un pedido del senador radical Felipe Michlig (San Cristóbal), titular del Bloque Frente Progresista Cívico y Social.

El mensaje 4509 del Poder Ejecutivo había ingresado el 31 de octubre, con las firmas del gobernador Miguel Lifschitz y su ministro de Economía, Gonzalo Miguel Saglione.

El proyecto que pasa a Diputados (cuya última sesión ordinaria fue convocada para el miércoles 30) modifica los artículos 19 (en el inciso 8, apartado c), 20 y 21 de la ley impositiva Nº 3650. Allí se determina quiénes están facultados a “registrar el Impuesto de Sellos sobre determinados contratos que tributan en la jurisdicción de la provincia”, de acuerdo con la alícuota reducida prevista en el derecho provincial vigente.

Las modificaciones propuestas por la Casa Gris -ahora aceptadas por los senadores del oficialismo y de la oposición- permiten llevar a cabo dichas tareas a la Bolsa de Comercio de Santa Fe y a su par de Rosario.

En los considerandos, la iniciativa oficial recuerda que “las funciones naturales de las Bolsas de Comercio de la provincia han sido las de impulsar la creación y perfeccionamiento de mercados, ya sea de productos, de capitales o de activos”.

Desde 1884

Destaca su papel al “garantizar la formación de precios transparentes, ofreciendo un marco de seguridad, legalidad y un ámbito imparcial y eficaz para dirimir diferencias”, en favor del “crecimiento del comercio y la canalización del ahorro privado hacia inversiones productivas”.

En otro párrafo, los fundamentos recuerda que ambas entidades, “fundadas en el año 1884”, son “entidades imprescindibles para la vida comercial de la provincia”.

“En virtud del principio de territorialidad de las leyes conjugado con el de competencia específica de cada órgano o entidad para intervenir en la realización de determinados actos, tratándose el Impuesto de Sellos de un gravamen que alcanza a aquellos actos, contratos y operaciones de carácter oneroso que se realicen en el territorio de la provincia o a aquellos que, celebrados fuera de la misma, deban ser negociados, ejecutados o cumplidos en ella, resulta razonable que al analizar la facultad atribuida por la ley impositiva a las Bolsas de Comercio de sellar a alícuota reducida determinados actos y bajo determinadas condiciones, ésta resulte atribuida sólo a aquellas que tienen una vinculación territorial con nuestra provincia, que en función de las consideraciones expresadas más arriba, se concreta en las Bolsas de Comercio de Santa Fe y de Rosario”, sostiene el proyecto.