EL GOBIERNO PROMULGÓ LA LEY

En 2018 habrá feriados puente

Redacción de El Litoral

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Télam

El gobierno nacional promulgó hoy la ley que restablece los feriados puente y fija los días festivos del año próximo, sancionada a fines de septiembre por el Congreso.

La medida, que repone la herramienta que había sido eliminada mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) a comienzos de este año y faculta al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a proponer hasta tres feriados puente anuales, fue dispuesta a través del decreto 831/2017, publicado ayer en el Boletín Oficial junto al texto de la ley 27.399.

En cuanto a los fines de semana largos, se indica que los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior, en tanto que los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente.

El Ejecutivo Nacional podrá fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes y tendrán que ser establecidos “con una antelación de 50 días a la finalización del año calendario”. Estos feriados “gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados nacionales”.

La norma fija como feriados inamovibles de 2018 el 1º de enero, lunes y martes de Carnaval, 24 de marzo, Viernes Santo, 2 de abril, 1º de mayo, 25 de mayo, 20 de junio, 9 de julio, 8 de diciembre y 25 de diciembre.

En tanto, establece como feriados nacionales trasladables el 17 de junio, 17 de agosto, 12 de octubre y 20 de noviembre.

Respecto a los días no laborables, se fija como tales el Jueves Santo; para la comunidad judía los días del Año Nuevo judío, el Día del Perdón y de la Pascua judía; y para aquellas personas que profesan la religión islámica el día del Año Nuevo Musulmán, el día posterior a la culminación del ayuno y el día de la Fiesta del Sacrificio.