Objetan su cálculo al reajustar el presupuesto de una licitación

La EPE tiene doble vara para medir la inflación

Observación legal del Tribunal de Cuentas. Dos áreas internas de la compañía se contradicen al actualizar costos en sendas licitaciones, muy similares.

6_cejas 20180508.jpg

 

Luis Rodrigo

[email protected]

La Empresa Provincial de la Energía reconoció reajustes de precios a contratistas, en dos procesos licitatorios, a los que se les calcularon de manera diferente la inflación de 2017.

Así lo señala la Observación Legal Nº 8 que refiere a la una obra de remodelación de la red de baja tensión en Santo Tomé, para reemplazar el cableado tradicional por preensamblado.

Para el tribunal “se ha vulnerado la razonabilidad del presupuesto oficial”, que -antes de la apertura de sobres- fue actualizado respecto del valor original de la convocatoria. Sostiene que “no son válidas las fuentes de información para el reajuste de precios” y que luego -al adjudicarse la obra- “se ha vulnerado el margen de admisibilidad de excesos, por sobre el presupuesto oficial ajustado”.

En números, la EPE calculó en marzo de 2017 que el llamado “ítem base” de la licitación (una unidad de medida) debía costar $ 3,5 millones, pero fue redefinido y al momento de conocerse las ofertas, el 15 de agosto del mismo año, se lo había elevado a $ 4,5 millones.

Hubo dos propuestas y el ganador ofreció hacer los trabajos con un ítem base de $ 5,4 millones. Evidentemente, el Tribunal ha comparado los tres millones y medio de marzo con los casi cinco y medio de agosto, y se preguntó qué índices inflacionarios provocaron una suba tan importante.

Comparación

Además de cuestionar los índices resultantes de la actualización del precio oficial (un paso anterior a la apertura de ofertas y la adjudicación), el Tribunal encontró que en otra licitación muy similar de la misma empresa pero en Rosario, y para un período bastante mayor, la actualización de costos fue notablemente menor.

Para colmo, ambas licitaciones (la que benefició a Santo Tomé y la que lo hizo con Rosario) se abrieron en el mes de agosto de 2017.

El Tribunal sostiene que para actualizar el presupuesto santotomesino la EPE “reconoció una inflación del 27,92%” desde “febrero de 2017 a julio de 2017”. En cambio, para la obra rosarina “desde diciembre de 2016 a julio de 2017”, la misma empresa pero “en otra área de trabajo de Rosario” entiende que la inflación fue del 8,33 %. Hay casi 20 puntos de diferencia.

El contralor advierte que según el Indec, la inflación de febrero a julio del año pasado fue del 12,96 %. Y que la actualización aplicada “supera el 20 % admitido por la legislación”.

Conclusión

En los considerandos, el Tribunal considera que “no se justifica la razonabilidad del ajuste del presupuesto original, destacándose además que se modifica la incidencia de los rubros, y así por ejemplo los costos generales e indirectos pasan del 10 % al 20 % sin ninguna justificación y con fecha posterior a la apertura de las ofertas. Ello no implica sólo una actualización -dice el órgano revisor- que se produce una modificación del valor de la licitación que afecta la posibilidad de la más amplia participación, transparencia e igualdad de oportunidades por lo que corresponde la observación del acto”, es decir, la resolución Nº 40/2018 que aprobara la EPE en enero.

Síntesis

  • 1) La EPE renueva su red de baja tensión en Santo Tome y Rosario.
  • 2) Entre que se redactan los pliegos licitatorios para convocar a empresas contratistas, pasa un tiempo y se impone una actualización del presupuesto (antes de abrir las ofertas).
  • 3) Para la obra santotomesina se aplica una actualización del 27,92%; para la rosarina, 8,33%.
  • 4) En el primer caso se estimó más inflación de febrero de 2017 a julio del mismo año que en el segundo, de diciembre de 2016 a julio de 2017. Son casi 20 puntos de diferencia.
  • 5) En sendas licitaciones actuaron oficinas diferentes de la misma empresa. Dato curioso: en el caso santotomesino, con menos meses a actualizar que en Rosario, siempre en 2017, hubo más inflación.
  • 6) El Tribunal de Cuentas encontró, además, otros “injustificados” reajustes de precios para la licitación sobre Santo Tomé que son posteriores a la apertura de sobres y “afectan la transparencia” del proceso.
  • 7) El expediente con la observación legal Nº 8 del Tribunal está en la Legislatura desde el 21 de marzo de 2018.