Llegan cartas

Juicios por jurados populares

HUGO LUIS BONOMO

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Escuchamos a un político informar sobre el proyecto de juicios por jurados populares. Se trata de ciudadanos comunes integrando un jurado y determinando culpabilidad o inocencia. Son 12 personas, hay paridad de géneros, y aparece como un sistema democrático y justo, pero nos llamó la atención dos limitaciones para integrarlo: la edad y algún impedimento físico.

Recordamos los consejos de ancianos, en otras culturas ejemplares y, por otro lado, suponemos que el jurado no tiene que materializar un castigo al culpable. A los efectos de no vulnerar una inclusión ecuánime, nos parece más importante considerar la aptitud psicológica de cada uno de los integrantes, y en ese terreno, no es un impedimento la edad, ni la discapacidad motriz. Por favor, piensen y razonen: no pueden integrar un jurado, pero sí cogobernar el país. Hasta aquí, lo que responde a la teoría ecuánime y perfectible del proyecto, en su constitución. En la práctica, se juzga a un delincuente asesino o narcotraficante y se designa un jurado de ciudadanos; ¿qué pasará con gente común, si reciben amenazas y atentados como los que reciben, todos los días, funcionarios de Rosario?

La gente de la Justicia vive de su función, y está habituada a los riesgos que conlleva, pero ¿el ciudadano común? ¿Cuántos estarán dispuestos a asumir el riesgo? Sabemos que el sistema está vigente en algunas provincias y funciona en países evolucionados. Pero aquí ¿no debería reservarse la identidad de los integrantes?