Importación

Vehículos a GNL y GNC

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) anunció que aprobó el nuevo marco normativo para la habilitación de vehículos importados de transporte de pasajeros y de carga, que utilicen como combustible el Gas Natural Comprimido (GNC) o Gas Natural Licuado (GNL).

La norma fue difundida con el fin de adecuar el marco normativo a las nuevas tecnologías en el mercado automotor y generar una Norma Argentina de Gas (NAG) que respalde la habilitación de los vehículos importados. Para ello, el Ente aprobó la NAG 451 sobre “Procedimiento para la habilitación de vehículos importados, propulsados mediante el uso del gas natural”, según la Resolución Enargas 42/2019. Esta nueva norma tiene por objetivo establecer el procedimiento para habilitar el abastecimiento de gas natural como combustible en vehículos importados, producidos fuera de la Argentina, y atender así al nuevo polo de demanda de GNC y GNL.

El gas natural se puede destinar a la utilización como combustible aplicado al transporte público de pasajeros y al transporte pesado de carga, con lo cual se prevé incrementar el consumo de gas vehicular y aminorar el empleo de otros combustibles líquidos importados.

El desarrollo de este tipo de vehículos constituye una tendencia mundial en lo que respecta al uso de combustibles y una transición de la matriz de energía secundaria hacia patrones de uso menos contaminantes y más eficaces. Desde el Enargas se explicó que esta norma “fue impulsada con el ánimo de mejorar las condiciones ambientales, particularmente, en zonas de alta concentración urbana, utilizando de manera segura un recurso energético que, en el mediano plazo, podría llegar a abundar” en el país.

Para su adecuado aprovechamiento es necesario contar “con tecnologías certificadas a través de reglamentaciones nacionales y normas internacionales, aplicables en países de reconocida trayectoria, en la utilización del gas natural como combustible vehicular”, resaltó el Ente.