Redacción de El Litoral
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El Tribunal Oral Federal de Santa Fe declaró definitivamente extinguida la acción penal, iniciada hace más de dos décadas contra el empresario de la construcción de Rafaela, Bernabé Luis Mautino (64), quien fuera investigado y condenado en 2015 por una millonaria evasión de impuestos denunciada por la Afip-DGI a fines de la década de 1990.
El fallo fechado el 28 de febrero último, y firmado por los jueces José María Escobar Cello, María Ivón Vella y Luciano Homero Lauría, tiene por finalidad el sobreseimiento definitivo para Mautino y sus consortes de causa, César Fabián Galiani (51) y Jorge Pedro Romano (69).
Dos meses antes, el 21 de diciembre de 2018, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal -Diego Barroetaveña (presidente), Daniel Antonio Petrone y Ana María Figueroa- anuló el decisorio del tribunal de juicio, que dos veces consecutivas luego del dictado de la sentencia, rechazó planteos recursivos de la defensa del representante máximo del Grupo Mautino.
La investigación se inició el 29 de septiembre de 1998 cuando la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) y la ex Dirección General de Impuestos (DGI), denunció a Mautino ante la Fiscalía Federal Nº 1 de Santa Fe, por la evasión de 7.000.000 de pesos/dólares. Junto con él fueron implicadas otras cuatro personas, las cuales también llegaron a juicio oral.
Tras un mes de debate, el TOF dictó su sentencia el 11 de agosto de 2015, mediante la cual condenó a Mautino a siete años de cárcel por el delito de “evasión tributaria simple y agravada, en forma reiterada” en siete hechos con relación al no pago del IVA e Impuestos a las Ganancias en los períodos fiscales 1996, 1997 y 1998; además de la evasión de IVA en el año 1998 por la constructora Evisa SA.
Sobreseimiento definitivo
En el último fallo de Casación de diciembre de 2018, la jueza Ana María Figueroa hizo un repaso de los avatares de la causa, tras el dictado de la sentencia. Allí recordó que el 19 de mayo de 2017, el TOF rechazó el primer planteo de falta de acción y sobreseimiento por extinción de la acción penal, interpuesto por los abogados Guillermo Zenklusen y Néstor Oroño.
Como la medida fue apelada, la Sala I de Casación -con integración parcialmente distinta a la actual- resolvió el 29 de diciembre de 2017 hacer lugar al recurso de la defensa. Por lo que devueltas las actuaciones al tribunal de origen, éste volvió a rechazar la extinción de la acción penal contra Mautino el 27 de febrero de 2018. En dicha oportunidad los jueces santafesinos consideraron, de conformidad con lo resuelto por la Cámara, que Mautino había cumplido en término con la presentación y pago de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales correspondiente al ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2012; pero omitió presentar las declaraciones juradas y el pago del impuesto a la renta mínima presunta correspondiente a los ejercicios fiscales finalizados al 31 de diciembre de 2012, tal como lo exige la ley.
Sobre esto último, la Dra. Figueroa concluyó que “el pronunciamiento recurrido carece de fundamentos jurídicos, necesarios y suficientes, por lo que no puede ser calificado como acto jurisdiccional válido” y por ende optó por la revocatoria. Su voto fue acompañado por sus pares Barroetaveña y Petrone, que por mayoría ordenaron remitir el expediente al TOF para que se dicte el sobreseimiento definitivo, y en consecuencia se dejen sin efecto las medidas cautelares, así como la restricción a salir del país que pesaba sobre el investigado.