Causa Inundaciones: Berli y Fratti asistieron a la apelación de condena
La Justicia deberá revisar la sentencia de primera instancia, impuesta a los dos ex funcionarios públicos que quedaron ligados al proceso. La defensa volvió a plantear la prescripción y la nulidad de una prueba fundamental.
Flavio Raina Los ingenieros Ricardo Fratti y Edgardo Berli, ex funcionarios de la gestión Reutemann, fueron condenados por estrago culposo por los hechos de abril de 2003.
23:14
El gran portón de hierro del frente del edificio de calle San Jerónimo 1551 amaneció cerrado este jueves, lo que presagiaba una jornada de hechos importantes para la Justicia local. Sin embargo, ni en la calle, ni dentro de tribunales hubo personas interesadas en conocer lo que ocurrirá de ahora en más con la causa Inundaciones del 29 de abril de 2003.
Solo algunos medios hicieron la “guardia periodística” con sus cámaras y micrófonos, en medio de un estricto operativo de control desplegado, puntualmente, en el primer piso del edificio.
La audiencia de apelación de sentencia, que tiene como condenados a los ingenieros Ricardo Fratti y Edgardo Berli, se desarrolló con normalidad en la Sala N° 5 y ante el tribunal de la Cámara de Apelación Penal, integrado por los jueces Bruno Netri -presidente-, Fernando Gentile Bersano y Alejandro Tizón.
16 años atrás
Fue el presidente del tribunal quien antes de dar inicio a la audiencia leyó a los presentes las reglas de conducta a seguir para quienes participaran del acto, que tuvo por fin revisar la condena de primera instancia impuesta el 1º de febrero pasado por el juez Luis Octavio Silva. Éste último, impuso pena de 3 años de prisión en suspenso para los imputados Berli y Fratti, quienes fueron considerados “coautores penalmente responsables del delito de estrago culposo agravado por la muerte de personas”.
El hecho judicial tiene como correlato histórico las inundaciones de 2003, cuando un tercio de la ciudad de Santa Fe quedó sumergida bajo las aguas del río Salado. El desborde habría sido producto de una obra de defensa no finalizada y por lo tanto fueron acusados miembros del poder Ejecutivo provincial y municipal de entonces.
Tras varios años de trámites e investigación, la lista de imputados quedó reducida a tres personas, el entonces ministro de Obras y Servicios Público de la provincia -Berli-; el director Provincial de Obras Hidráulicas -Fratti-; y el intendente de la ciudad, Marcelo Álvarez, el último de los cuales falleció el 9 de abril de 2018 y por ende la causa en su contra se extinguió.
Flavio Raina La audiencia de Cámara estuvo a cargo del tribunal compuesto por los jueces Gentile Bersano (izq.), Netri (centro) y Tizón (der.).
La audiencia de Cámara estuvo a cargo del tribunal compuesto por los jueces Gentile Bersano (izq.), Netri (centro) y Tizón (der.). Foto: Flavio Raina
Imputados presentes
Se trata de una causa que comenzó a tramitarse cuando todavía el sistema penal era escrito, por lo que este jueves, en el marco de una audiencia de apelación oral y pública, llamó la atención la presencia de los imputados, quienes se ubicaron en la sala, detrás de sus abogados Néstor Oroño -en el caso de Berli- y el defensor público Matías Spadaro -por Fratti-. En el mismo sector se ubicaron los apoderados de la Municipalidad de Santa Fe, Humberto Damián Meili; y de la provincia, Juan Carlos Carbone por Fiscalía de Estado.
Completan el cuadro la fiscal Mariela Jiménez y los abogados Georgina Stratta e Ignacio Cecchini, éstos últimos en representación de los actores civiles, quienes habían solicitado 5 años de prisión, de acuerdo a la magnitud del daño causado -23 muertos, cifras oficiales, y 150.000 afectados-.
Las partes tenían 40 minutos cada una para alegar, lo que hacía prever de antemano una jornada de al menos cuatro horas de duración, sin contar el tiempo dedicado a las réplicas que pudieran surgir. Según se informó, se establecieron tres cuartos intermedios y se aguardaba su finalización para las primeras horas de la tarde.
Prescripción y nulidades
Flavio Raina Entiendo que la acción penal ha prescripto , dijo el abogado Néstor Oroño, en defensa de Berli.
“Entiendo que la acción penal ha prescripto”, dijo el abogado Néstor Oroño, en defensa de Berli.Foto: Flavio Raina
En los instantes previos al inicio de la audiencia, el abogado penalista, Néstor Oroño, dialogó con los medios presentes, a quienes destacó que su labor será la de “insistir con cuestiones que vengo planteando desde el comienzo del proceso”, entre las que destacó la “prescripción de la acción penal, que es uno de los agravios de la apelación y lo voy a fundamentar en la audiencia”. El defensor del Berli fue categórico en cuanto que “entiendo que la acción penal ha prescripto respecto de los imputados”.
Además, se refirió “al planteo de nulidad de la pericial hídrica”, “a lo cual voy a agregar una cuestión importante que surge de la sentencia y es que al menos dos de los (tres) peritos oficiales habrían incurrido en un ilícito penal, lo cual va a reforzar este planteo, y sustentándolo en la ‘doctrina del árbol venenoso’ que dice que ninguna prueba ilícita puede ser incluida válidamente en el curso de una causa judicial”.
Al respecto, aclaró que “dos de los peritos no podían intervenir porque eran funcionarios públicos y no podían percibir la suma de dinero por parte de la provincia como lo hicieron”.
Por último, refirió que “jamás estuvo dentro de las posibilidades de Berli, como ministro de Obras Públicas, realizar las obras que se reclaman, del Tramo III de la defensa del sector oeste”. Y agregó que “esa obra había sido tomada por el gobierno nacional y la provincia no presupuestó durante la gestión de Berli la realización de este tramo”.