El decreto 135 que firmó Omar Perotti para pagar la deuda que durante la administración Lifschitz quedó “consolidada” por ley (impaga desde entonces), presupone contar con un crédito de $ 12 mil millones contemplados en el proyecto de ley de Necesidad que aún no se sanciona. Pero en el decreto queda abierta la posibilidad de que el gobernador redetermine el monto y establezca un plan de pago mensual anual o plurianual, sin renegociación mediante.
- ¿No es un superpoder?, le preguntó El Litoral a Walter Agosto, ministro de Economía de la provincia. - “Para nada. No tenemos dudas, el que va a presentar su acreencia tenemos forma de corroborar y se hace con datos simples. No estamos apuntando a sospechar la legitimidad de la deuda. Relevar las acreencias y determinar el monto: no estamos planteando una quita. Pero sí tenemos que buscar plazos en función del financiamiento que se pueda tener”. O no tener, esa es la cuestión.
Fue una larga charla con el ministro, en la que Agosto explicó posiciones, mientras ratificó: “Estoy a cargo de esto. Es mi voluntad. Espero que la Legislatura entienda esta situación y apruebe un financiamiento adecuado, para que esto fluya sin inconveniente. Para mí y el gobernador es una preocupación que no vemos la hora de resolver”.
Agosto recordó que “la consolidación de deuda estuvo establecida en una ley del año 2019, que es nada más y nada menos que la ley de Presupuesto 13938, vigente para 2020. Es un tema importante para dejar en claro es que este proceso de consolidación no está en el marco de un decreto, está en el marco de la ley de presupuesto vigente para este año que fue sancionada en noviembre del año pasado”.
De esta manera el ministro dejó en claro que el gobierno de Omar Perotti no paga la deuda santafesina allí comprendida, por orden de una ley que se sancionó antes de que asumiera su mandato. “El artículo 54 de esa norma dice que se consolidan en el Estado provincial todas las obligaciones que estaban vencidas, impagas al 31 de diciembre de 2019”, abundó Agosto en diálogo con El Litoral.
El funcionario detalló que “en ese mismo artículo se autoriza al Poder Ejecutivo (PE) a instrumentar los medios de pago. En el proyecto que hemos remitido a la Legislatura de declaración del Estado de Necesidad Pública, el artículo 24 dice que se autoriza al PE a concertar operaciones de crédito a efectos de atender la deuda flotante o consolidada en los términos del artículo 54 de la ley de presupuesto.
“El gobierno lo que tiene que procurar ahora es el financiamiento. Eso está planteado en la ley de Necesidad Pública”, que aún no se ha sancionado. El artículo 24 de ese proyecto pide autorización para que la administración Perotti tome $ 12 mil millones en crédito, para saldar la deuda flotante de Santa Fe que ya estaba allí en el traspaso del mando y que fue consolidada por la ley sancionada antes que llegue la actual gestión.
- El artículo 54 de la ley de Presupuesto establece el uso de créditos, partidas y sucedáneos para cancelar la deuda que se consolida. El decreto 135 que firmó Omar Perotti habilita a redefinir el monto y reprogramar el pago, que no es lo mismo que cancelar.
- Vamos a suponer que la deuda consolidada sean 10 mil millones de pesos (sólo una hipótesis). Si podemos financiar esa deuda consolidada con un préstamo equivalente, va de suyo que no vamos a pedir un préstamo para eso y afectarlo para otra cosa. Se va a afectar a la consolidación y por ende el pago va a ser en el marco de la programación que tengamos para tener el financiamiento.
- Es muy importante lo que dice, ministro, porque esto no surge necesariamente del decreto.
- Eso no se desprende porque si se lee bien el decreto dice que hasta el 30 de junio hay un plazo para que el Estado haga la propuesta de pago. No sé por qué ‘la están elucubrando’. Si la Legislatura autoriza para este artículo 54 (del presupuesto) menos crédito del necesario, ¿de qué manera vamos a pagar?
- Entonces la Legislatura podría pedir la cifra para autorizar el financiamiento. De alguna manera es lo que Clara García está planteando cuando exige cumplir con la ley nacional 25017 de Transparencia Fiscal. Hay recaudación, se postergan pagos y existe saldo que la oposición querrá conocer.
- Nosotros a la oposición, cuando tuvimos las pocas oportunidades con una reunión en Diputados en el arranque de nuestra gestión, cuando remitimos el proyecto anterior, llevamos todos los números. Cuando llegue el momento vamos a poner los números sobre la mesa. Todavía no he tenido oportunidad porque además el proyecto entró por Senado, pero no tenemos problemas. Hemos recibido pedidos de informes que los estamos elaborando y contestando ahora entre lunes y martes. Todos los números están a disposición y todos los números que ofrecimos y vamos a ofrecer salen de los organismos técnicos. No son los números que hacen un secretario político ni un ministro. Salen de la contaduría, de la tesorería, de la dirección de Finanzas. No va a haber problemas por eso.
Tenés que leerSanta Fe en cesación de pagos y con "superpoderes" por decreto“Significa hacer un relevamiento de todas las deudas o acreencias para hacer una propuesta de pago. Son deudas impagas, algunas registradas y otras no registradas. Eso significa consolidar y lo estamos haciendo. En el marco de una ley y con un decreto reglamentario, con el dictamen de la fiscalía de Estado”, explicó el ministro cuando se le pidió que, en sus propias palabras, defina lo que le ordenó la ley promulgada por el ex gobernador Miguel Lifschitz antes de terminar su mandato.
“Este es un procedimiento. El artículo 54 no faculta, ordena: consolídase. Nosotros no vamos a proponer en este marco ni quita ni nada por el estilo. El acreedor puede aceptar o no la propuesta (contemplada en el decreto 135), de la misma manera que se puede aceptar o no del Estado cualquier pago, y queda la vía libre para hacer los reclamos”.
“El decreto 135 lo que hace es establecer un procedimiento administrativo de todas esas deudas que tiene el Estado provincial, para que una vez que esté revisado se pueda hacer un análisis final, para tener conciliadas todas todas esas cuentas de deudas con distintos acreedores, y establecer una propuesta de pago”, explicó Agosto.
Sostuvo que “obviamente esa propuesta de pago está vinculada con las posibilidades que tiene la provincia de acceder al financiamiento. Este relevamiento es necesario hacerlo, porque si vamos a esperar a tener el financiamiento para después hacerlo sería una pérdida de tiempo que no tiene sentido”.
- ¿Ese relevamiento necesita convocar a los acreedores, no están los números a disposición de Economía?
- Para nada. Hemos hecho un relevamiento general para tener un diagnóstico, pero desde el punto de vista administrativo y jurídico, esto está diseminado en todas las jurisdicciones. Hay prestaciones de servicios que se hacen desde hace un año, limpieza, vigilancia están presentándose sin contrato. ¿Qué voy a hacer con ese acreedor?
- ¿Si no se sanciona la ley de Necesidad?
- Habrá que hacer una propuesta de pago más extendida en el tiempo, con recursos fiscales propios. El mismo artículo 24 de la ley de Necesidad lo plantea. Si hay financiamiento, el tema se puede resolver más rápido, si no la alternativa será más extendida. Pretendemos que la ley tenga tratamiento en las próximas semanas o avanzaremos con los recursos disponibles.
De los créditos inexistentes a los agobios de municipios y comunas
Ante la consulta de El Litoral sobre el crédito ya autorizado en la ley de Presupuesto (12.366 millones en el artículo 47), Agosto señaló que “de eso un 30 % es para municipios y comunas y el resto es para la provincia, para financiar el déficit de este año. El inconveniente que tiene eso es que la Provincia debe tomar el crédito en un plazo de devolución que debe ser de 10 años. Y hoy eso no existe en el mercado. Lo que decimos es que necesitamos los 8 mil millones para financiar el desequilibrio, el déficit previsto, pero pedimos condiciones de mercado.
“Para tener una idea: hoy la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que es uno de los distritos con mejor crédito, está tomando con plazo máximo de devolución a un año. Para nosotros sería mejor devolver a diez años, pero independientemente de eso (más alta la tasa) son situaciones distintas. Una es para poder funcionar en el 2020 porque el presupuesto tiene más gasto que recurso y se necesita el financiamiento”, dijo el ministro.
“El otro crédito (los $ 12 mil millones solicitados en el artículo 24 de la ley de Necesidad, aún sin sancionar) es para consolidación de deuda. Y en todos los casos se estableció, tanto en el presupuesto como en los de la Necesidad Pública, una proporcionalidad para los municipios. Pueden requerir financiamiento para pagar deuda de 2019.
“El artículo 3 del decreto 135 habilita (a los acreedores) hasta el 30 de marzo para presentarse. Si lo hubiera puesto en 90 días me hubieran dicho que quiero extenderlos plazos. Me gustaría tener financiamiento y limpiar esta deuda para concentrarme en lo que viene”.