Luciano Alvarado Colque tiene 21 años y es oriundo de la localidad de Socaba, en Bolivia. No sabe leer ni escribir, aunque sí firmar. Dejó de estudiar a los diez años, aparentemente porque sus padres no tenían dinero. Entonces se dedicó a la cosecha de coca para terceros. Con su familia, se crió en un ambiente con condiciones socioeconómicas precarias. Después de cada extenuante jornada como agricultor, le pagaban con papa, maíz o trigo. Vivían en una finca en la zona rural, con piso de tierra y colchones en el piso.
A fines del año pasado, este joven llegó a Jujuy, se tragó 80 cápsulas con cocaína y abordó un colectivo que tenía como destino la Terminal de Retiro, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El 9 de diciembre, personal de la Sección Seguridad Vial de la Gendarmería Nacional interceptó el micro de Alvarado Colque en la ciudad de Rafaela, sobre la ruta nacional 34. Los uniformados estaban controlando documentación cuando vieron que este muchacho estaba descompuesto y había comenzado a expulsar los envoltorios llenos de estupefacientes cubiertos con látex.
La “mula” terminó de expulsar su carga en el Hospital Jaime Ferrer de Rafaela. Los dos días siguientes se recuperaron las 59 cápsulas restantes. En total, se secuestraron 1.104 gramos de cocaína.
Álvaro Colque fue indagado el 19 de diciembre y procesado el 30 de ese mismo mes, cuando también se le dictó la prisión preventiva. Ahora, el fiscal federal Jorge Gustavo Onel solicitó al juez su sobreseimiento. “Es una persona que presenta un considerable grado de vulnerabilidad”, aseguró el funcionario del Ministerio Público Fiscal.
El fiscal reconoció que no se pudo determinar si Alvarado Colque actuó solo o fue utilizado por terceros, pero dijo que en su teléfono celular no se hallaron mensajes que hagan presumir que formaba parte de alguna organización criminal. “Como es sabido, las bases de las organizaciones narcocriminales están conformadas en lo sustancial por personas fácilmente fungibles e intercambiables. Las denominadas ‘mulas’ son utilizadas para trasladar estupefacientes de un lugar a otro, utilizando sus propios cuerpos a cambio de una promesa de dinero, sin comprometer con tal maniobra la subsistencia de la organización criminal. En ese contexto, de llegar a destino sin ser descubiertas por la autoridad, la remuneración suele ser sustancialmente ínfima en relación a las ganancias obtenidas y en ponderación a los riesgos de salud y legales asumidos, ya que el plan está diseñado para que quien aceptó oficiar como correo humano del material ilícito, cargue con la correspondiente sanción penal”, analizó el doctor Onel.
“La situación descripta nos interpela a determinar si en esta hipótesis, el accionar del imputado pudo haber importado un deliberado engranaje narcocriminal o bien si su conducta pudo presentar tintes de victimización”, puntualizó.
Para el fiscal es “altamente factible” que el caso se encuadre en “reducción a servidumbre”, que aparece “asociada a la obtención de la fuerza de trabajo de la víctima a través de su sometimiento”.
“A mi entender, si suponemos que Alvarado Colque efectuó el transporte de la sustancia a instancias de una organización narcocriminal, la reducción a dicha condición es altamente plausible en el caso que nos ocupa, teniendo en cuenta sus condiciones personales y la modalidad de traslado, utilizando su cuerpo como un mero envase de resguardo del material ilícito”, manifestó el fiscal.
Para el funcionario, el contexto de gran vulnerabilidad que rodeaba a Alvarado Colque pudo razonablemente haberlo determinado a aceptar la propuesta de trasladar la droga, poniendo en riesgo su vida y su libertad. “En definitiva, sin perjuicio de las discusiones doctrinarias respecto de la naturaleza jurídica de este instituto, de lo que se trata es de que el Estado, aún cuando se hubiera verificado la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad de la conducta del imputado, no está en condiciones, por razones de política criminal y de protección del interés de la víctima, de formularle un reproche penal”, aseguró.
Por último, el fiscal federal tampoco descartó la posibilidad de que el procesado haya actuado de manera individual. En este caso, citó dos fallos en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para explicar que la evidencia (las cápsulas con droga) “resulta violatoria de la cláusula constitucional que proscribe la autoincriminación forzada”.
Para Onel, el joven estaba descompuesto y pidió ayuda a los uniformados ante el “dilema entre perder la vida o requerir asistencia médica”.